México

Juzgado ata las manos a la UNAM: no podrá seguir proceso sobre el plagio de Ministra

21/04/2023 - 2:35 pm

Un Juzgado de la CdMx efectuó medidas cautelares con respecto al caso de presunto plagio de la Ministra Esquivel Mossa, señalando que la máxima casa de estudios deberá de abstenerse de proceder con la investigación.

Por Carlos Álvarez Acevedo

Ciudad de México, 21 de abril (SinEmbargo).- A pesar de que un Tribunal declarara fundada una queja presentada por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) con respecto al amparo interpuesto por la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, un juzgado determinó que dicha institución no podrá seguir con el proceso de indagatoria sobre el plagio que presuntamente efectuó la Ministra en su tesis de licenciatura.

A través de un comunicado, la máxima casa de estudios informó que, minutos después de que el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito desechara el amparo solicitado por la funcionaria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), un Juzgado Civil de la Ciudad de México estableció que la UNAM debía de abstenerse de continuar con el proceso universitario.

“La Universidad reafirma que será respetuosa de lo que ordena una autoridad jursidiccional local, pero contundente en el uso de todos los recursos legales a su alcance para cumplir con lo que nos encomienda la Constitución y nuestra Ley Orgánica”, concluyó la UNAM en su boletín.

El Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito desechó, el 21 de abril de 2023, un amparo, solicitado por Yasmín Esquivel Mossa, para frenar la resolución del Comité Universitario de Ética (Cuética), de la UNAM, respecto al caso del supuesto plagio de la tesis de Licenciatura, presentada en 1987, por la actual Ministra de la SCJN.

Por dos votos contra uno, los magistrados integrantes del citado Tribunal Colegiado resolvieron que la demanda de Esquivel Mosa era notoriamente improcedente y no debió ser admitida a trámite en febrero de 2023 por Sandra de Jesús Zúñiga, titular del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa, para detener por tiempo indefinido el trámite del juicio de amparo promovido. Éste buscaba anular la investigación que realizó el Cuética, respecto al caso del supuesto plagio de la tesis de Licenciatura, de la actual Ministra de la SCJN.

En sesión pública, el Magistrado Carlos Alberto Zerpa Durán explicó que el amparo de Esquivel Mossa era prematuro, porque el mero desahogo del procedimiento del Cuética no era un acto de imposible reparación. Asimismo, agregó que la determinación final del Comité Universitario de Ética era la que, de ser adversa a la Ministra de la SCJN, podría ser objeto de un juicio de amparo, para verificar su legalidad. Además, recordó que la quejosa alegaba que el procedimiento en la UNAM afectaba su derecho al honor.

De acuerdo con las primeras resoluciones de la UNAM, se encontró “un alto nivel de coincidencias” entre la tesis de la Ministra Yasmín Esquivel y otra publicada un año antes. Foto: Cuartoscuro.

“En el procedimiento al que la están citando, no se está dilucidando su honor, sino está dilucidando la legalidad o ilegalidad en la elaboración de una tesis de licenciatura”, explicó Zerpa Durán, mientras que su homólogo Fernando Isaac Ibarra Gómez criticó la poca claridad de los procedimientos que había llevado la UNAM en dicho caso. También consideró que el amparo no era notoriamente improcedente y su admisión fue correcta.

El mismo Magistrado descalificó el comunicado emitido por la Facultad de Estudios Superiores (FES) de Aragón, que afirmó que la tesis de Esquivel Mossa era una copia de la de Édgar Ulises Báez, sin haber dado a la Ministra de la SCJN el derecho de audiencia previo para defenderse, por lo que sostuvo que el amparo sí debía litigarse.

“La [FES Aragón] lo único que hizo fue hacer una comparación de los dos documentos y llegar a una conclusión que deriva de la lógica, uno fue anterior y otro fue posterior. La quejosa a partir de eso tiene oportunidad de desvirtúa esa lógica, o sea, lo extraordinario, es decir, que la tesis que ella presentó a examen en 1987 es la original, o bien que no tiene ninguna vinculación. Sin embargo, eso será motivo de una resolución definitiva, y será hasta ese momento que se cause un daño que pueda ser impugnado a través del juicio de amparo”, dijo, en su turno, la Magistrada Guillermina Coutiño Mata.

— Con información de Zeta

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