El arraigo viola el derecho a la presunción de inocencia y debe ser abolido, consideran diputados de izquierda

03/03/2014 - 12:02 am
Foto: Cuartoscuro
Defensoras de DH se han pronunciado por derogar definitivamente la figura del arraigo del texto constitucional, por considerar que viola el derecho a la libertad de tránsito y el principio de inocencia. Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México, 3 de marzo (SinEmbargo).– Diputadas del Partido del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano (MC) calificaron como positivo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara inconstitucional el arraigo a nivel estatal. No obstante, advirtieron que buscarán por distintos medios legales que el arraigo sea erradicado definitivamente a nivel federal.

Insistieron en que el arraigo debe ser eliminado de la Carta Magna, porque el objetivo de esta herramienta no es determinar si una persona es inocente o culpable, sino privarla de su libertad con el fin de obtener información que pudiera ser utilizada con posterioridad para la etapa del juicio.

“A mí me parece que no sólo es necesario que se determine inconstitucional en los estados –porque era utilizado por las policías locales para hacer cualquier tipo de venganzas y absurdos–, sino que el arraigo sea declarado inconstitucional a nivel federal. Es una herramienta que violenta el principio de presunción de inocencia”, indicó la Diputada del PT, Lilia Aguilar Gil, secretaria de la Comisión de Justicia.

El pasado 25 de febrero, la Suprema Corte declaró que el arraigo sólo es aplicable en casos de delincuencia organizada, materia reservada exclusivamente a la Federación, por lo que las entidades federativas carecen de facultades constitucionales para legislar o ejecutar el arraigo domiciliario de presuntos delincuentes.

De forma particular, la Corte invalidó una reforma de 2012 a la legislación penal de Aguascalientes, en la que se estableció el arraigo durante la investigación de delitos considerados como graves. En otras palabras, se pronunció porque el arraigo debe de decretarse con los medios probatorios que se hayan obtenido hasta ese momento.

Esta medida fue celebrada por la oposición. Pero legisladoras de izquierda consideraron que se debe ir más allá y eliminar completamente la figura del arraigo a nivel federal, ya sea por una reforma legislativa o mediante una controversia constitucional interpuesta ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“Lo que sí podemos hacer es presentar una controversia sobre esta figura en la Constitución ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)”, indicó Aguilar.

La Diputada Zuleyma Huidobro González, por su parte, adelantó a SinEmbargo que Movimiento Ciudadano analiza con expertos y juristas la posibilidad de presentar diversas acciones de inconstitucionalidad en contra del Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual incluye el tema del arraigo, una vez que éste sea promulgado por el Presidente Enrique Peña Nieto.

La razón, detalló la legisladora, por considerar que este nuevo ordenamiento, aprobado por el Congreso a principios de febrero, viola los derechos fundamentales.

“Estamos valorando muchos temas, porque hay muchos artículos en este Código Nacional de Procedimientos Penales que son verdaderamente anticonstitucionales, no sólo el arraigo, sino en muchos otros temas”, precisó la también Secretaria de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

ARRAIGO LESIONA DERECHOS FUNDAMENTALES

El arraigo es una medida cautelar solicitada por el Ministerio Público y otorgada por un juez, que priva de su libertad a una persona indiciada con el propósito de integrar pruebas que acrediten su responsabilidad en la comisión de un delito del orden federal y no del fuero común, según determinó la Corte la semana pasada.

Organizaciones defensoras de derechos humanos se han pronunciado en reiteradas ocasiones por derogar definitivamente la figura del arraigo del texto constitucional, por considerar que viola el derecho a la libertad de tránsito y el principio de inocencia.

Las organizaciones civiles argumentan que esta figura jurídica es ineficaz para otorgar justicia, pues sólo el 3.2 por ciento del total de personas arraigadas reciben sentencia condenatoria al final del proceso, según datos de la Procuraduría General de la República (PGR).

Al respecto, Óscar de los Reyes Heredia, doctor en derecho penal también consideró que el arraigo en sí mismo constituye una violación de los derechos fundamentales, porque coloca en una especie de limbo los derechos de una persona, por lo que compartió la decisión de la Corte.

“En el caso de la figura jurídica del arraigo se camina en el filo de la navaja. Desde mi punto de vista, hay una lesión a los derechos fundamentales. Sin embargo, como tiene sustento constitucional y legal, me parece que  es una medida para preservar los derechos de las víctimas”, dijo el profesor investigador del Tecnológico de Monterrey, campus Santa Fe.

El doctor explicó las principales razones positivas por la cuales la Corte declaró que el arraigo sólo es aplicable en casos de delincuencia organizada y esta materia está reservada exclusivamente a la Federación, como consecuencia de la reforma constitucional en materia penal de junio de 2008.

“Lo que a mí me preocupa es que por el estado actual de las autoridades estatales en materia judicial, el arraigo en manos irresponsables o en manos de autoridades corruptas, puede ser un instrumento peligroso y lesivo para los derechos de las personas. Por lo tanto considero un paso significativo la decisión que ha tomado la Corte para declararlo inconstitucional a nivel local”, recalcó.

Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto: Notimex
La SCJN declaró que el arraigo sólo es aplicable en casos de delincuencia organizada, materia reservada exclusivamente a la Federación. Foto: Notimex

PRI RECHAZA FALLO

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la Cámara de Diputados afirmó que acatará el fallo de la Suprema Corte de Justicia que declaró inconstitucional la aplicación del arraigo a nivel estatal, pero criticó el criterio de la Corte.

En conferencia de prensa, el coordinador jurídico de la bancada, Héctor Gutiérrez de la Garza, señaló que la Corte sólo interpretó los casos de delincuencia organizada donde procede el arraigo, con el riesgo para la sociedad que implica dejar fuera los delitos como violación, homicidio o trata de personas.

“La Corte señaló que sólo en delincuencia organizada procede el arraigo. Mi preocupación es ¿qué sucede con quienes al día de hoy la Procuraduría General de la República tiene arraigados por homicidio, trata de personas, o violación? Todos delitos que lastiman a la sociedad”, explicó el Diputado priista por Nuevo León.

Por su parte, el doctor Óscar de los Reyes Heredia aclaró que la medida de la Corte no pretende liberar a delincuentes, sino avanzar en el nuevo sistema penal para obligar a las autoridades a realizar procedimientos judiciales limpios, confiables y eficientes que salvaguarden los derechos de las víctimas, y al mismo tiempo garanticen el debido proceso de los indiciados.

El académico del Tec de Monterrey consideró que el arraigo es un elemento de transición, que funciona actualmente porque las autoridades necesitan estas medidas cautelares, porque son incapaces de realizar indagatorias con elementos técnicos, científicos, profesionales y éticos, pero que tiene los días contados.

Consideró que México dará pasos firmes para eliminar el arraigo, a través de una reforma constitucional, en la medida en que se avance en la capacitación de las autoridades responsables en el debido proceso judicial y con el saneamiento de los cuerpos policiacos.

“El día que desparezca el arraigo, es porque contamos con autoridades honestas, capaces de formular o realizar una indagatoria y sustentar la responsabilidad penal de una persona con base en la Ley. Estamos en ese camino, espero que lo alcancemos en el mediano o largo plazo”, expuso el profesor investigador del Tecnológico de Monterrey, campus Santa Fe.

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