México

Senadores incluyen a IP en la Ley “3de3”: presentarán declaración cuando firmen contratos públicos

16/06/2016 - 7:00 am

Los ajustes de último momento a la reforma de la Ley Orgánica de la PGR que derivará en la creación de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, fueron elaborados de último momento por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM) sin pasar antes por las comisiones permanentes del Senado para su revisión.

Legisladores votando, durante una sesión del Periodo Extraordinario del Senado de la República. FOTO: Cuartoscuro
Con 100 votos a favor y 6 en contra, la Fiscalía fue avalada por el Senado. Foto: Archivo/Cuartoscuro

Ciudad de México, 16 de junio (SinEmbargo).– El pleno del Senado aprobó esta madrugada la creación de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción para funcionarios públicos, sin embargo, de último momento, los legisladores impusieron esa nueva obligación a personas físicas y morales cuando realicen contratos para obras o servicios con el sector público.

La creación de dicha Fiscalía será el resultado de una reforma a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de República (PGR) y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con la que se prevé el nombramiento de un titular y de agentes del Ministerio Público especializados en delitos de corrupción.

Además de la sociedad civil, la iniciativa privada también exigió al Congreso de la Unión para aprobar las leyes Anticorrupción, por lo que el Senado hizo un ajuste legal al dictamen obligando a los empresarios a presentar su Ley “3de3” como si fueran servidores públicos, pues a decir de los legisladores “ellos [la IP] son parte del problema y nosotros se los vamos a recordar”.

Ahora el artículo 32 de la Ley de Responsabilidades indica que “están obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración de situación patrimonial y de intereses ante las secretarías u órganos internos de control  cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con entes públicos de la federación.

“Las personas físicas que presten sus servicios o reciban recursos de las personas morales a que se refiere la fracción anterior. Asimismo deberán presentar su declaración fiscal anual, en los términos que disponga la legislación en la materia”.

En el artículo 73 se considera como falta que los particulares no presenten sus declaraciones o falseen datos a fin de ocultar el incremento de su patrimonio o el disfrute de bienes y servicios sin justificación.

Mientras que el artículo 81 busca sancionar a los participantes o responsables de operar empresas “pantallas” que operan como redes para cometer actos de corrupción, evadir impuestos o lavar dinero.

Con respecto a la información personal de los ciudadanos, esta deberá ser notificada a las autoridades fiscales y financieras de otros países.

Además, el Gobierno mexicano puede conocer las cuentas bancarias de connacionales en Estados Unidos, así como sus ganancias y movimientos financieros a través de la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA, por sus siglas en inglés).

A esto se le suma que con la entrada en vigor de la factura y la contabilidad electrónica, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) conoce en tiempo real las actividades económicas de los mexicanos.

Estos ajustes, al igual que la propuesta de una ley “3de3” que no cumple con la iniciativa ciudadana respaldada por más de 600 mil firmas, fueron elaborados de último momento por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM) sin pasar antes por las comisiones permanentes del Senado para su revisión.

De esta manera, los legisladores y otros funcionarios tienen derecho de hacer una declaración pública de impuestos y de intereses bajo reserva, y sólo si las autoridades competentes lo requieren deberán entregar un informe detallado de su patrimonio, el cual no se hará público.

Los funcionarios que sean sorprendidos cobrando “moches” recibirán penas de hasta 14 años de prisión. Si el delito es enriquecimiento ilícito, cualquier funcionario público que sea nombrado por elección popular o que haya sido asignado por el Congreso, recibirá una penas de hasta 18 años, dependiendo de la gravedad del delito.

Tales reformas fueron votadas por 100 senadores a favor, sólo seis se opusieron. Serán enviadas a la Cámara de Diputados para que sean discutidas y eventualmente aprobadas.

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