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SCJN perfila mantener la prisión preventiva oficiosa; mañana continuará la discusión

05/09/2022 - 2:52 pm

Con esta discusión, la Corte deberá de resolver la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa que el Congreso estableció en el Artículo 19 constitucional desde el 2008 y cuyo catálogo de delitos fue reformado en 2019 por la mayoría de Morena en el Congreso.

Ciudad de México, 5 de septiembre (SinEmbargo).– La discusión sobre la eliminación de la prisión preventiva oficiosa terminó por este día en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y aunque ésta continuará el día de mañana 6 de septiembre, se prevé que se mantenga sin cambios en la Constitución, ya que tres ministros se han pronunciado contra declaratoria de inconstitucionalidad: Loretta Ortíz, Yasmin Esquivel y Alberto Pérez Dayán. 

Esta mañana la SCJN comenzó la discusión sobre si elimina o no la obligatoriedad para que jueces dicten prisión preventiva oficiosa en el país. Con esto, por primera vez, se discute un proyecto que propone dejar de aplicar un fragmento de la Constitución por considerarlo contrario a los derechos humanos.

En su participación, el Ministro Luis María Aguilar Morales, encargado de elaborar el proyecto de sentencia por esta discusión, expuso que con la propuesta no se busca obstaculizar las labores de investigación y persecución de los delitos. “La propuesta únicamente pretende proteger los derechos de las personas, sobre todo de aquellas más pobres y vulnerables que no siempre tienen acceso a una defensa adecuada y que muchas veces son el sustento de su familia”.

“No es que desaparezca la prisión preventiva […] sino que sólo sea dictada por un Juez cuando el Ministerio Público justifique las razones para aplicarla”, expresó Aguilar.

La Ministra Yasmin Esquivel Mossa aseguró que no comulga con el proyecto, pues se incumpliría con una norma de la Constitución aunado a que le estarían dando la espalda a las víctimas que demandan justicia.

“En cuanto a este tema, del estudio de fondo de este proyecto, no participo con la idea de que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación tenga atribuciones para inaplicar una norma de la Constitución o -dicho de otro modo- incumplir una norma establecida en ella. […] Ignorar lo que sucede en Michoacán, Tamaulipas, Morelos y en muchas partes de nuestro país sería darle la espalda al sufrimiento y la impotencia de las familias víctimas de homicidios, de feminicidios, de personas desaparecidas y de secuestros. Así como el dolor de todas las personas que día a día se suman a miles que pierden su patrimonio, a veces escaso, y que son sustento de muchas familias. No atender a todas estas víctimas implica no escuchar a la sociedad mexicana que demanda justicia y vivir con tranquilidad”, comentó la Ministra.

Esquivel Mossa solicitó al pleno escuchar la voz de las víctimas y advirtió que la Corte no tiene facultades para inaplicar la Constitución. Asimismo, consideró que eliminar la prisión preventiva oficiosa no es la solución a los problemas de inseguridad que enfrenta el país.

“No estoy de acuerdo en que ésta Suprema Corte de Justicia de la Nación abandone lo resuelto en la contradicción de tesis 293/2011. […] Abandonar esta jurisprudencia significa despojar al Estado mexicano”, insistió la Ministra.

También, la Ministra Loretta Ortiz Ahlf reconoció que la Convención Americana de Derechos Humanos establece que la prisión preventiva debe ser limitada y justificada, pero emitió su voto en negativa a la propuesta, al considerar que la Corte no puede inaplicar la Constitución.

“La inaplicación de una norma constitucional por parte del Poder Judicial de la Federación es una cuestión sumamente delicada que incluso nos llevaría a cuestionar el principio de división de poderes. Sería una falacia que al tiempo que estamos llamados a proteger la Carta Magna de la Unión, estamos dispuestos a inaplicarla”, dijo.

En su participación, el Ministro Pérez Dayán se pronunció de acuerdo con la invalidación de la ampliación del catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio, pero en contra de inaplicar la medida de Aguilar Morales.

“No me corresponde entonces asumir una tarea que no se me encomendó, no soy quién para desprender hojas de la Constitución”, apuntó.

Pérez Dayán consideró que la SCJN no está capacitada para tomar esta decisión, ya que no se puede declarar que la Constitución es inconstitucional y agregó que a pesar de que esta norma es contradictoria a tratados de los que México es parte, no se pueden adoptar normas internacionales ya que estas se deben adaptar a las leyes de México.

Finalmente, el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá dijo que cambiar esta norma es facultad del Poder Legislativo, por lo que envió un exhorto al Congreso de la Unión para que revise y modifique esta norma.

El Ministro Juan Luis González Alcántara reconoció que la figura de prisión preventiva oficiosa es violatoria de la presunción de inocencia y que por ello votaría a favor del proyecto; sin embargo, advirtió estar en contra de inaplicar el artículo 19 constitucional.

“Votaré a favor del proyecto puesto que considero que las normas impugnadas se insertan dentro de un sistema de prisión preventiva automática que incumple con los derechos humanos, con la libertad personal, con la presunción de inocencia de los imputados. Sin embargo, hago lo anterior partiendo de una interpretación armónica y sistemática del Artículo 1 y 19 constitucional, privilegiando la importancia siempre de mantener la integridad de nuestra Constitución y rechazando la propuesta de inaplicar una norma que forma parte del parámetro de control que nos hemos comprometido, sobre todo a respetar y proteger”, explicó.

Al finalizar la intervención de Alcantára, el Ministro presidente Arturo Zaldívar levantó la sesión para continuarla mañana.

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