México

Las leyes Anticorrupción están en la balanza: ¿Cuáles son las diferencias entre el PRI y sus opositores?

22/05/2016 - 12:04 am

Los senadores tendrán que dictaminar las leyes reglamentarias en materia de combate a la corrupción con base a dos propuestas, que contienen al menos 30 diferencias. La incapacidad de los grupos parlamentarios para acordar puntos en común los llevó a anunciar el incumplimiento de la aprobación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) dentro del plazo constitucional que vence el 28 de mayo. Ahora, la discusión será después de las elecciones del 5 de junio, ¿avalarán un sistema sin dientes? SimEmbargo comparó las propuestas de las alianzas PRI-Verde y PAN-PRD para encontrar la similitudes y diferencias.

Un análisis detalla las falencias en las propuestas del PRI- Verde para el Sistema Anticorrupción. Foto: Especial
Un análisis detalla los huecos en las propuestas del PRI- Verde en las leyes reglamentarias del Sistema Nacional Anticorrupción. Foto: Especial

Ciudad de México, 22 de mayo (SinEmbargo).- El último día de sesiones en la Cámara Alta, el Senador Pablo Escudero Morales, presidente de la Comisión Anticorrupción, presentó las propuestas del Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) para aprobar el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). Desde entonces, el 28 de abril, los partidos de oposición vieron en la llegada de la propuesta oficial un “achicamiento” las presentadas originalmente para castigar actos corruptos.

“El combate a la corrupción desde luego que no entusiasma a los políticos e independientemente del partido que sean. Se han dedicado a llevar bien la cuestión política, pero no a atender en las leyes el asunto de fondo. Van a haber vacíos, generalidades que se podrán interpretar en direcciones de tal forma que no sea posible combatir la corrupción”, dijo el investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Ricardo Espinoza Toledo.

Tanto el Partido de la Revolución Democrática (PRD), como el Partido Acción Nacional (PAN) tienen contemplada la aprobación de dos leyes ausentes en la propuesta del partido oficial: la Fiscalía Anticorrupción y Reformas al Código Penal Federal.

Ambas evitarían que los servidores públicos que cometan faltas administrativas graves se escapen de recibir penas de cárcel, en lugar de sanciones económicas e inhabilitación de sus cargos.

El proceso de consensos ha sido especialmente difícil en la expedición de las leyes reglamentarias derivadas de la reforma constitucional en el combate a la corrupción.

“La asociación del PRI-Verde les ha permitido obstruir todo lo que el resto pueda promover. Organizaciones han dicho como en realidad se sintieron utilizados por estos partidos para la foto y sacar ventajas al decir que estaban consultando a la sociedad civil, pero todo es espectáculo”, dijo Espinoza.

Las organizaciones no gubernamentales han reiterado que el SNA debe contar con siete leyes, aun así, las otras cinco contienen posturas contrastantes entre las intenciones del PRI-Verde y el PAN-PRD:

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1. LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

•  Obligatoriedad del “3 de 3”

En las propuestas del  PRI-Verde y del PAN-PRD las declaraciones patrimoniales, fiscales y de conflicto de interés de los funcionarios no estarán regidas por el principio de máxima publicidad, por lo que aunque las presenten, no podrán ser auditadas a cabalidad por la ciudadanía como pretendió la ley ciudadana “3 de 3” que juntó 634 mil firmas.

En la propuesta del partido oficial y del Verde, los ciudadanos sólo serán capaces de conocer ciertos rubros de información, bajo autorización expresa del funcionario público. Por su parte, la propuesta PAN-PRD se limita a proteger los datos personales sensibles.

PRI-Verde: “Artículo 29: Los montos, valores, especificaciones, ubicaciones de inmuebles y demás datos contenidos en la declaración patrimonial, sólo podrán ser públicos con la autorización expresa del servidor público”.

PAN-PRD: “Artículo 71. Estas dos declaraciones [patrimonial y de conflicto de interés] así como la declaración anual de impuestos, estarán disponibles al público, con excepción de datos personales sensibles, conforme a la ley de la materia”.

Libre investigación de la corrupción:

La propuesta del PRI sólo investigará a los funcionarios en base a un enriquecimiento injustificado en su patrimonio. Por su parte, la del PAN-PRD le da facultades a los órganos de control para que inicien investigaciones cuando crean pertinente.

PRI-Verde: “Artículo 37. En los casos en que la declaración de situación patrimonial del servidor público refleje un incremento en su patrimonio que no sea explicable o justificable en virtud de su remuneración como servidor público, las secretarías y los órganos internos de control inmediatamente solicitarán sea aclarado….”.

PAN-PRD: “Artículo 49. En cualquier momento la autoridad encargada de la investigación podrá presentar denuncia o querella ante la Fiscalía Especializada en combate a la corrupción respecto de probables conductas delictivas relacionadas con faltas graves constitutivas de corrupción y, en su caso, ser coadyuvante en el curso de las investigaciones”.

2. LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS

Con la propuesta panista la ASF que dirige Juan Manuel Portal podría auditar en tiempo real. Foto: Cuartoscuro
Con la propuesta panista la ASF que dirige Juan Manuel Portal (al centro) podría auditar en tiempo real. Foto: Cuartoscuro

Investigación en tiempo real:

En la reforma a esta ley, la propuesta del PRI no incluye que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) pueda supervisar la cuenta pública en tiempo real, como sí lo contempla la del PAN-PRD, por lo que en la primera propuesta las irregularidades cometidas en una institución sólo se sabrán dos años después, tal como se encuentra en la ley vigente.

PAN-PRD: “Artículo 21. Para la fiscalización de la Cuenta Pública, la Auditoría Superior de la Federación tendrá las atribuciones siguientes: […] XVI. Acceder en tiempo real a la información financiera, incluyendo los registros contables, presupuestarios, programáticos y económicos, así como a los reportes institucionales y a los Sistemas de Contabilidad Gubernamental que los entes públicos…”.

3. LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

Manuel Hallivis Pelayo presidente del Tribunal Federal y Justicia Fiscal y Administrativa; junto a la ex ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Margarita Luna Ramos. Foto: Cuartoscuro
Manuel Hallivis Pelayo presidente del Tribunal Federal y Justicia Fiscal y Administrativa, junto a la ex ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Margarita Luna Ramos. Foto: Cuartoscuro

Tribunal desligado de la ley Nacional Anticorrupción:

En cuanto a las competencias de este tribunal, la reforma del PRI-Verde pretende que se desligue de juicios que tengan relación con la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

PRI-Verde: “Artículo 3: El Tribunal conocerá de los juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos que se indican a continuación: I. Las sanciones y demás resoluciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación, en términos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación”.

PAN-PRD: “[…] XVIII. Las sanciones y demás resoluciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación, en términos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción”.

4. LEY GENERAL DEL SNA

El Presidente Enrique Peña Nieto designará al funcionario que dirige el Comité de Fiscalización. Foto: Cuartoscuro
El PRI propone que sea el Presidente Enrique Peña Nieto quien  designe a la cabeza del Comité de Fiscalización. Foto: Cuartoscuro

El Presidente tendrá el mando anticorrupción:

El proyecto PRI-Verde pretende que el comité del Sistema Nacional de Fiscalización que se encarga de promover políticas en el control de los recursos públicos sea presidido por la Secretaría de la Función Pública (SFP), además de la ASF, lo que la injerencia al Presidente Enrique Peña Nieto de controlar este comité.

PRI-Verde: “Artículo 39: El Comité Rector será presidido de manera dual por el Auditor Superior de la Federación y el titular de la Secretaría de la Función Pública, o por los representantes que de manera respectiva designen para estos efectos”.

PAN-PRD: “Artículo 39: El Comité Rector será presidido por el Auditor Superior de la Federación”.

5. LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

Conflicto de interés en la SFP:

El próximo titular de la SFP no deberá cumplir con aptitudes para el cargo, de acuerdo con el proyecto priista, de esta forma, un funcionario sin experiencia puede llegar al puesto. En la propuesta PAN-PRD se exigen algunos requerimientos:

PAN-PRD: “Artículo 37: … a) Contar con experiencia de cinco años en actividades o funciones relacionadas con el control, la auditoría y la evaluación del gasto público, el desempeño y las políticas públicas; b) No ser, ni haber sido miembro del mismo partido político o de alguno de la coalición, en su caso, que haya postulado al titular del Ejecutivo en funciones”.

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