El Congreso de la Unión declara constitucional reforma que topa pensiones "doradas"

09/04/2026 - 12:17 pm

La reforma al Artículo 127 constitucional fija un tope a jubilaciones y pensiones en el sector público.

Ciudad de México, 9 de abril (SinEmbargo).- La reforma que limita las jubilaciones y pensiones "doradas" en el sector público recibió la declaratoria de constitucionalidad por parte del Congreso de la Unión tras el aval de la mayoría de los congresos estatales.

De acuerdo con un comunicado, ayer la Mesa Directiva del Senado de la República dio cuenta del cómputo de votos remitido por la Cámara de Diputados, donde se acreditó el respaldo de 20 legislaturas locales, requisito para que una modificación constitucional entre en vigor.

Con ello, el Congreso de la Unión declaró reformado el Artículo 127 de la Constitución y turnó el decreto al Diario Oficial de la Federación (DOF) para su publicación.

Durante la sesión, la presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo Juárez, destacó la trascendencia de la reforma: "La declaratoria que hoy se realiza toca fibras profundas del constitucionalismo mexicano, pero también del sentido común republicano. Una reforma constitucional destinada a eliminar las pensiones millonarias de exfuncionarios de altos mandos de confianza".

Diputados realizan cómputo y emiten declaratoria

Antes, la Cámara de Diputados llevó a cabo el conteo de los votos de los congresos locales y emitió la declaratoria correspondiente, que fue enviada al Senado para cerrar el proceso.

La presidenta de la Mesa Directiva, Kenia López Rabadán, informó que, una vez realizado el cómputo de los votos aprobatorios, se emitió el proyecto de declaratoria para reformar el Artículo 127 constitucional.

En ese documento se establece: “El Congreso de la Unión […] declara reformado el Artículo 127 de la Constitución Política, en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas”.

El respaldo provino de los congresos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Hidalgo, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México (CdMx).

Monto máximo: la mitad del salario presidencial

La reforma establece que ninguna pensión o jubilación de personal de confianza en entidades públicas podrá rebasar la mitad de la remuneración de la persona titular del Poder Ejecutivo.

El límite aplicará a organismos descentralizados, empresas del Estado y fideicomisos, lo que incluye a entidades como la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Petróleos Mexicanos (Pemex), Nacional Financiera (Nafinsa), el Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext), y Luz y Fuerza del Centro (LyFC).

La intención es cerrar el paso a esquemas que permitían pensiones muy por encima del promedio, sobre todo en altos cargos.

La reforma también incorpora lenguaje inclusivo en la Constitución, al sustituir “Presidente de la República” por “persona titular del Ejecutivo Federal” y “servidor público” por “persona servidora pública”.

El decreto también alcanza a pensiones vigentes. Las que no estén dentro de las excepciones deberán ajustarse al nuevo tope una vez que entre en vigor, incluidas las que actualmente se encuentran en curso.

Además, las instituciones públicas tendrán que revisar contratos, condiciones laborales y reglas internas para alinearlas con la reforma.

El Congreso de la Unión y los congresos estatales tendrán hasta 90 días naturales para ajustar sus leyes a la reforma. Además, su aplicación deberá realizarse con los recursos ya aprobados, sin aumentos al presupuesto.

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Redacción/SinEmbargo

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Lo dice el reportero