#PuntosYComas ¬ La Presidenta Sheinbaum fortalece seguridad y rectoría del Estado

29/08/2025 - 9:23 pm

Las reformas constitucionales impulsadas por Sheinbaum que fortalecen la rectoría del Estado en áreas estratégicas tienen el propósito de rescatar y fortalecer a dos industrias clave, que fueron desmanteladas y que los gobiernos priistas y panistas.

Ciudad de México, 29 de agosto (SinEmbargo).- El fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública, tanto militares como civiles, y de un sistema nacional de investigación e inteligencia, para combatir a la delincuencia organizada, además de la recuperación y el blindaje jurídico de la rectoría del Estado en áreas estratégicas, para garantizar la soberanía del país, fueron los puntos medulares de la agenda de reformas constitucionales promovidas por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo entre octubre del 2024 y agosto del 2025.

Las reformas constitucionales que fortalecen la rectoría del Estado en áreas estratégicas tienen el propósito de rescatar y fortalecer a dos industrias clave, que fueron desmanteladas y que los gobiernos priistas y panistas que administraron el país entre 1982 y 2018 pretendieron privatizar: Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad.

Todo esto significa que hasta el lunes 15 de abril del 2025 se modificaron por iniciativa de la Presidenta 50 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por lo menos 12 importantes leyes generales. Igual la primera mandataria promovió un blindaje constitucional contra el intervencionismo estadounidense y contra el terrorismo, al convertir este último delito en una conducta que ameritaría prisión preventiva oficiosa.

Rectoría del Estado

En el Diario Oficial de la Federación del miércoles 30 de octubre de 2024 se publicaron importantes reformas constitucionales para recuperar y fortalecer la rectoría del Estado.

“El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas […] manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas públicas del Estado […]. Tratándose de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, y del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, así como de la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos, la Nación llevará a cabo dichas actividades […] La ley establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimientos de contratación y demás actos jurídicos que celebren las empresas públicas del Estado […] para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad, productividad, transparencia y rendición de cuentas”, advierte la reforma al Artículo 25 constitucional.

Como complemento a esta reforma, también se hicieron cambios importantes en el Artículo 27 Constitucional para preservar en manos mexicanas el destino de las empresas públicas del Estado y de algunas riquezas naturales:

“Tratándose de minerales radiactivos y litio no se otorgarán concesiones. Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional […] así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones. Las leyes determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica, que en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado, cuya esencia es cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y accesibilidad del servicio público de electricidad”.

Y por supuesto, en la reforma al Artículo 27 constitucional, llevada a cabo ese miércoles 30 de octubre de 2024, se agregaron algunas precisiones con respecto a los hidrocarburos. Se advierte con claridad: “Tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones. Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la Nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas públicas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares […] En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la Nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos”.

Y para conjurar la promoción de controversias jurídicas sobre la presunción de monopolios estatales, se agregó al Artículo 28 de la Constitución General de la República una aclaración:

“No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos, litio y generación de energía nuclear; el servicio de Internet que provea el Estado; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, cuyos objetivos serán preservar la seguridad y autosuficiencia energética de la Nación y proveer al pueblo de la electricidad al menor precio posible, evitando el lucro, para garantizar la seguridad nacional y soberanía a través de la empresa pública del Estado […]; así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos”.

Esta reserva de áreas estratégicas bajo la responsabilidad del Estado se amplió en la reforma al mismo Artículo 28 Constitucional publicada tambien miércoles 30 de octubre de 2024:

“[No constituirán monopolios] las actividades que realicen las empresas públicas del Estado y las que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles, tanto para transporte de pasajeros como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional […] el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar asignaciones, concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia. El Estado Mexicano retoma el derecho de utilizar las vías ferroviarias para prestar el servicio de transporte de pasajeros. Para ello, el Ejecutivo Federal podrá otorgar asignaciones a empresas públicas o concesiones a particulares”.

Riqueza nacional

Con respeto al litio, a los hidrocarburos y a la rectoría del Estado sobre la industria eléctrica, se hizo una reforma más al Artículo 27 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el viernes 20 de diciembre de 2024, que clarifica normas con respecto al dominio de la Nación sobre los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas; la descomposición de las rocas, cuando su explotación necesite trabajos subterráneos; el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, se agregó el párrafo cuarto.

Esa nueva reforma al Artículo 27 Constitucional promovida por Claudia Sheinbaum Pardo explica: “El dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal […] El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas […] Tratándose de minerales radiactivos y litio no se otorgarán concesiones”.

Agrega esa reforma al Artículo 27 Constitucional del viernes 20 de diciembre del 2024: “Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional […] así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones […] los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica, que en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado…”.

También se estableció en la misma publicación del Diario Oficial de la Federación otra reforma al Artículo 28 constitucional que señala: “El Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir y supervisar la política energética del país [en este caso la Secretaría de Energía], contará con las atribuciones para llevar a cabo la regulación técnica y económica; así como la facultad sancionadora en materia energética y de hidrocarburos”.

Sobre seguridad

Otro universo de reformas constitucionales en el que la presidenta Sheinbaum Pardo puso especial énfasis fue el correspondiente a la seguridad pública y el combate al crimen organizado, terreno en el que fortaleció las facultades y responsabilidades de su secretario de Seguridad y Protección Ciudadana Omar García Harfuch.

La presidenta promovió reformas al Artículo 21 constitucional que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el martes 31 de diciembre de 2024 que facultan a la Secretaría de Seguridad y a la Guardia Nacional para realizar nuevas tareas: “La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél [del Ministerio Público] en el ejercicio de esta función”.

Se agregan al Artículo 21 constitucional funciones clave que fortalecen a García Harfuch: “La secretaría del ramo de seguridad pública formulará, coordinará y dirigirá la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, así como los programas, las políticas y acciones respectivos; auxiliará a la persona titular de la Presidencia de la República en el ejercicio de las funciones en materia de seguridad nacional; le corresponderá la coordinación del Sistema Nacional de Inteligencia en materia de seguridad pública, en los términos que señale la ley, y podrá coordinar las acciones de colaboración de los tres órdenes de gobierno, a través de las instituciones de seguridad pública, los cuales además deberán de proporcionar la información de que dispongan o que recaben en la materia conforme a la ley. Podrá solicitar información a las instituciones y dependencias del Estado para la identificación y esclarecimiento de los hechos presuntamente constitutivos de delitos”.

El miércoles 16 de julio del 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de la Guardia Nacional, adscrita ya a la Secretaría de la Defensa Nacional. Razón por la cual se reformaron también la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; el Código de Justicia Militar y el Código Militar de Procedimientos Penales.

En la nueva ley se estableció: “La Guardia Nacional es una fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional y que esa institución de seguridad pública “podrá contar con el personal del Ejército, Fuerza Aérea y de confianza de carácter civil que sea necesario”.

También para reforzar el combate a la delincuencia organizada se publicó el miércoles 16 de julio del 2025 el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y se reforma el artículo 400-Bis del Código Penal Federal.

Se establece en el Artículo 400-Bis del Código Penal Federal que “En caso de conductas previstas en este Capítulo [Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita], en las que se utilicen servicios de instituciones que integran el sistema financiero el Ministerio Público estará en todo momento facultado para investigarlas. Para ejercer la acción penal se requerirá la denuncia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien tendrá el carácter de víctima u ofendida”.

Ese mismo miércoles 16 de julio del 2025 se promulgó la la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública que convierte a la Secretaría de Seguridad Pública y a su titular Omar García Harfuch, en el eje central de la estrategia para el combate a la delincuencia organizada en el país. En el mismo paquete de leyes publicadas ese miércoles 16 de julio del 2025 se incluyó la expedición de la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública.

En otra actividad esencial vinculada a la seguridad pública y a la prevención del delito, se promulgó el miércoles 16 de julio del 2025 el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de la Ley General de Población, en materia de fortalecimiento de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

Terrorismo e injerencia

En un momento delicado de la relación de México con Estados Unidos y frente a las tentaciones autoritarias del Gobierno que encabeza Donald Trump, el martes 1 de abril del 2025 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas constitucionales a los artículos 19 y 40, que establecen un blindaje jurídico para nuestro país, que fortalece disposiciones para el combate al terrorismo y contra la injerencia externa que pudiera atentar contra la soberanía de la nación.

En la reforma al artículo 19 constitucional se incluyó el terrorismo en el catálogo de delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa en los siguientes términos: “El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos y de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso”.

Y al artículo 40 constitucional se le agregaron dos párrafos que advierten: “El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea ésta por tierra, agua, mar o espacio aéreo”. Y agrega: “Tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado Mexicano, en el marco de las leyes aplicables”.

Hubo también en estos primeros 11 meses del gobierno de Claudia Sheinbaum reformas constitucionales orientadas a resolver importantes cuestiones sociales para beneficio de las mujeres, los jóvenes, las personas con alguna discapacidad y adultos mayores, de las cuales hablaremos en el próximo Puntos y Comas. La presidenta presentará el lunes primero de septiembre del 2025, al Congreso de la Unión, su primer informe de gobierno.

Pedro Mellado Rodríguez

Pedro Mellado Rodríguez

Periodista que durante cinco décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad Jesuita de Guadalajara. Es autor del libro Las Naves Nodrizas de la Comunicación y el Periodismo (Taller Editorial La Casa del Mago, Guadalajara, 2022).

Lo dice el reportero