México admite solicitud de EU para revisar con T-MEC derechos en planta de Coahuila

29/07/2022 - 11:46 pm

Las secretarías de Economía y la del Trabajo y Previsión Social revisarán la solicitud de EU, como lo prevé el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá.

Ciudad de México, 29 de julio (SinEmbargo).– El Gobierno mexicano admitió la solicitud de revisión de Estados Unidos sobre una supuesta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la planta de Manufacturas VU, S. de RL de CV.

La Secretaría de Economía informó en un comunicado que revisará el caso junto con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para determinar si existe o no una denegación a los derechos laborales, esto de acuerdo con lo previsto en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El 21 de julio la dependencia anunció que Estados Unidos solicitó a México llevar a cabo una revisión respecto a una supuesta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la planta.

En esa ocasión la representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, expuso que, en relación con la queja laboral, solicitó al Departamento del Tesoro que suspendiera la liquidación final de las cuentas aduaneras relacionadas con las entradas de mercancías desde la instalación de VU.

El pasado 21 de junio, el Comité Laboral Interagencial para el Monitoreo y la Aplicación (ILC) recibió una petición de RRM de dos organizaciones sindicales mexicanas: la Liga Sindical Obrera Mexicana y el Comité Fronterizo de Obreras.

“La petición alega que a los trabajadores de la planta de componentes automotrices de VU en Piedras Negras se les niega el derecho de libre asociación y negociación colectiva. La ILC revisa las peticiones de RRM que recibe, y la información adjunta, dentro de los 30 días”, argumentó la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por su siglas en inglés).

Por su parte, la ILC determinó, con base en su revisión de la petición, que existe evidencia suficiente y creíble de una denegación de derechos que permite la invocación de buena fe de los mecanismos de aplicación.

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