
El caso de la tragedia en el puente de La Concordia, donde murieron 32 personas, pone en el centro de la conversación la forma como responde el Estado cuando el daño es irreversible y las víctimas requieren algo más allá de una condena.
La resolución impulsada por las autoridades capitalinas optó por una vía que, sin sustituir la investigación penal ni diluir responsabilidades, incorporó un principio fundamental de la justicia restaurativa: atender de manera inmediata los efectos del daño.
No se trató de cerrar el caso ni de negociar la impunidad, sino de activar un mecanismo para restituir, en la medida de lo posible, las condiciones materiales de las víctimas y sus familias.
Como señaló la Jefa de Gobierno de la CdMx, Clara Brugada, se trata de acuerdos reparatorios de carácter histórico, no por su monto únicamente, sino por el mensaje jurídico: el daño debe repararse y el responsable debe responder de manera inmediata.
Desde una investigación penal técnicamente sólida, la Fiscalía General de Justicia, encabezada por Bertha Alcalde, acreditó con claridad las responsabilidades del conductor de la pipa por el exceso de velocidad y la pérdida de control del vehículo. Ese sustento jurídico ha sido clave para que el acuerdo alcanzado no fuera discrecional ni opaco. La reparación no fue una concesión, sino una obligación jurídicamente exigida.
El monto económico logrado a través de la mediación asciende a 480 millones de pesos, a cargo de la empresa Silza, perteneciente al grupo Tomza. A la fecha, 430 millones han sido entregados —un avance cercano al 90 por ciento— y de las 144 víctimas directas e indirectas, incluidas quienes tuvieron daños en negocios, 127 ya recibieron su pago. Quienes aún no aceptan los acuerdos reparatorios podrían judicializar su caso.
Desde la óptica de la justicia restaurativa, la reparación no borra la pérdida ni sustituye el duelo. El derecho no puede devolver la vida ni sanar por completo las heridas, pero puede intervenir en las consecuencias estructurales del daño, como la pérdida del ingreso familiar o la vulnerabilidad económica que suele acompañar a las tragedias.
En la práctica, este esquema evita que familias, tras perder a su principal proveedor o enfrentar lesiones permanentes, queden atrapadas en procesos judiciales sin alivio material. La reparación temprana permite estabilizar condiciones de vida, reducir la precarización y ofrecer un mínimo de certidumbre.
La Concordia deja una lección relevante. La justicia restaurativa no es una alternativa blanda ni una renuncia al Estado de derecho. Es, en contextos de daño masivo, una forma de colocar a las víctimas en el centro, activando la responsabilidad económica de los responsables.





