La Paz, 5 feb (dpa) – Bolivia puso hoy en vigor la ley del Notariado Plurinacional que permite el llamado "divorcio express" sin juicio y por mutuo acuerdo entre los cónyuges sobre la disolución del matrimonio.
El artículo 94 de la nueva ley señala que el llamado "divorcio express" procederá cuando exista consentimiento, mutuo acuerdo, no existan hijos, no existan bienes comunes y "cuando no exista pretensión de asistencia familiar por ninguno de los cónyuges".
También señala que la solicitud de "divorcio express" debe ser presentada por escrito por ambos cónyuges ante el notario, además de un acuerdo firmado entre ambos y respectivo certificado de matrimonio.
El artículo 96 de la ley 483 fija un plazo de tres meses para el divorcio notarial, y emisión del acta de ratificación.
Sin embargo, la ley advierte que "si transcurridos seis meses de la presentación de la solicitud de divorcio notarial ambos cónyuges no se presentaran nuevamente a ratificar su decisión de divorciarse, el trámite caducará y será archivado".
La anterior ley del Notariado data de 1858. La nueva apunta a mayor celeridad en todos los procedimientos civiles en materia de propiedad, de obligaciones y sucesiones hereditarias.




