PULSO DE SAN LUIS POTOSI

Sujetos que quemaron vivo a un perro en SLP quedan libres

05/09/2016 - 5:32 pm

A pesar de que el pasado 15 de mayo los sujetos fueron aprehendidos y se les les dictó auto de formal prisión, éstos se ampararon bajo el argumento de que el animal no era una especie “doméstica”,  sino un coyote.

Foto: El Pulso
La Juez Primero de Distrito resolvió sentencia absolutoria bajo reserva de causa, lo que significa que el caso se mantiene abierto. Foto: El Pulso

Por Rubén Pacheco

Ciudad de México, 5 de Septiembre (SinEmbargo/ElPulso).- Las seis personas que fueron detenidas el pasado mes de abril por quemar vivo a un perro, en un poblado del municipio de Santo Domingo, San Luis Potosí, quedaron en libertad. Sin embargo, la Juez Primero de Distrito resolvió sentencia absolutoria bajo reserva de causa, lo que significa que el caso se mantiene abierto.

El 15 de mayo pasado, elementos de la Policía Ministerial de Estado aprehendieron a los sujetos que presuntamente maltrataron al canino; después el Juez del municipio de Venado les dictó auto de formal prisión.

No obstante, los aludidos se ampararon y el pasado mes de julio la Juez Primero de Distrito concedió el recurso basado en la resolución -con reserva- en que no se encontró integrado el término “doméstico”en el segundo elemento del delito de maltrato animal, ya que el animal era un coyote.

Al respecto, Claudia Anguiano Cañizales, directora de la asociación Protectora Legal de Animales (Prolean), exhortó a que los congresistas locales modifiquen el Código Penal del Estado en lo relacionado al término de animal doméstico.

Asimismo, la activista en favor de los animales planteó a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) que emita una convocatoria para tener autorizado a un perito en la materia a que se refiere dicho ilícito.

De acuerdo con el Artículo 317 del código penal del estado, “Comete este delito, quien con ensañamiento o crueldad, por acción u omisión, maltrata animales domésticos, provocándoles lesiones que produzcan un menoscabo físico, o les cause la muerte”.

En cuanto a sanciones, establece que será castigado de tres meses a un año de prisión, y sanción pecuniaria de 10 a 40 días de salario mínimo. “Para los efectos de este artículo se entiende por animal doméstico, a aquel que se ha adaptado a vivir y convivir con las personas”, acotó.

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