El Presidente Enrique peña Nieto durante la promulgación durante la promulgación de la Reforma Constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción, en el Palacio Nacional, en mayo pasado. Foto: Cuartoscuro

Análisis interno del Senado advierte que la Ley Anticorrupción tiene inconsistencias

09/01/2016 - 6:50 pm

El advierte que la reforma constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción es vulnerable al dar un gran peso a las leyes secundarias, además de que no se deja en claro cuáles serán las facultades que tendrá el Comité de participación ciudadana y no existe un órgano que vigile el correcto funcionamiento del Sistema, entre otras inconsistencias.

El Presidente Enrique peña Nieto durante la promulgación durante la promulgación de la Reforma Constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción, en el Palacio Nacional, en mayo pasado. Foto: Cuartoscuro
El Presidente Enrique peña Nieto durante la promulgación durante la promulgación de la Reforma Constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción, en el Palacio Nacional, en mayo pasado. Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México, 9 de enero (SinEmbargo).– Un análisis realizado al interior del Senado de la República advierte que la reforma constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) es vulnerable al dar un gran peso a las leyes secundarias, además de que no se deja en claro cuáles serán las facultades que tendrá el Comité de participación ciudadana y no existe un órgano que vigile el correcto funcionamiento del Sistema, entre otras inconsistencias.

El análisis hecho por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD) de la Cámara Alta asegura que pese a que la reforma constitucional “es prometedora”, subraya que en la Constitución Política se establecieron bases muy generales y se le otorgó un gran peso a las leyes secundarias, “dejando con esto disposiciones de gran importancia a leyes que podrían tener influencias externas”, se dio a conocer a través de un comunicado.

Detalla que, de acuerdo con el decreto, el Sistema se conformará por un Comité Coordinador, integrado por los titulares de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, de la secretaría del Ejecutivo Federal responsable del control interno. Además de los presidentes del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como un representante del Consejo de la Judicatura Federal (CJF)y otro del Comité de Participación Ciudadana.

Sin embargo, no se aclaran en la Constitución las facultades de este último, “sólo se menciona cómo debe estar integrado, y aunque lo referente a sus facultades se mencione en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, que debe expedir el Congreso, no se señalan las facultades de dicho Comité, a diferencia del Comité Coordinador, cuyas facultades si se encuentran establecidas”, plantea el documento.

El estudio alerta que el hecho de que los integrantes del Comité Coordinador son los titulares de las instituciones que forman parte del Sistema, “podría representar ventajas y desventajas, pues según académicos pueden organizar mejor el funcionamiento del SNA, pero también es problema porque puede que no observen o no reconozcan sus faltas”.

Sumado a ello, el análisis del IBD menciona la necesidad de contar con un Comité de Vigilancia, que debería haberse instituido en el mandato constitucional como parte integradora del SNA, que se mantenga al pendiente de que funcione correctamente.

“La esencia del Sistema Nacional Anticorrupción, según algunos especialistas, legisladores y servidores públicos, es prometedora, y puede lograr un gran cambio en cuanto al combate de la corrupción, pero insisten en que se debe prestar la atención necesaria, para que pueda trascender y convertirse en la piedra para el buen funcionamiento del Estado mexicano”, subraya el Instituto Belisario Domínguez..

El documento destaca que México registra altos índices de corrupción y que en 2014, en una lista de los paises con menos corrupción, se ubicó en el lugar 103 de 175 países, con una puntuación de 35 sobre 100. Entre los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), nuestro país se encuentra en la última posición – 34 de 34 -.

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El pasado mes de abril, Senado aprobó, en los primeros la reforma que crea el Sistema Nacional Anticorrupción

con 99 votos a favor, ocho en contra y dos abstenciones. Misma que fue aprobada por Enrique Peña Nieto en mayo.

La mayoría de los senadores rechazó las propuestas para modificar el artículo 108 constitucional en materia del fuero presidencial y de los servidores públicos.

Las propuestas rechazadas pretendían reformar la constitución para regular el conflicto de interés de los servidores públicos, fortalecer a la ASF, proteger a las personas que proporcionen información sobre actos de corrupción, hacer públicas la declaraciones patrimoniales, entre otros.

El Sistema Nacional Anticorrupción aprobado plantea fortalecer las normas y las instituciones necesarias para prevenir, combatir y sancionar la corrupción.

Propone ampliar el marco jurídico e institucional, de forma coordinada, sistemática y ordenada, para generar esquemas de prevención, detección y sanción para los integrantes de los tres Poderes y de los tres órdenes de gobierno.

El sistema se compone de tres ejes: prevención, investigación y sanción.

Para prevenir hechos de corrupción, la reforma plantea investigar las denuncias ciudadanas y las presuntas responsabilidades de que conozcan las autoridades.

En materia de investigación se plantea vigilar cualquier tipo de conductas que pudieran entrañar un beneficio personal indebido a un servidor público en virtud del ejercicio de sus funciones.

Una virtud de la reforma es amplía la investigación a particulares que se encuentren vinculados con hechos que la ley establezca como graves en el ejercicio de la gestión pública, en casos donde exista sospecha de beneficios indebidos.

El Sistema Nacional Anticorrupción amplía las facultades de la Auditoría Superior de la Federación y de las Entidades Federativas al analizar las Cuentas Públicas y determinar observaciones, recomendaciones y en su caso, presuntas responsabilidades.

Transforma el actual órgano jurisdiccional encargado de dirimir las controversias entre la Administración Pública Federal y los particulares, en Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Su función será resolver los casos en que se señale la comisión de faltas administrativas graves a los servidores públicos, e incluso a los particulares vinculados con irregularidades administrativas de carácter grave.

Crea un Comité de Participación Ciudadana en el Sistema Nacional y su participación en el Comité Coordinador del propio sistema.

“Con la aprobación de esta minuta no resolvemos en su totalidad el problema, pero abrimos el cauce para construir un entramado jurídico robusto que cambie la endeble forma de combate a la corrupción que hasta ahora utilizamos y que genere un ambiente que favorezca la integridad institucional, la decencia en el sistema”, afirmó la Senadora panista Marcela Torres Peimbert.

Adicionalmente, el sistema se concibe como una instancia de coordinación a la que se suman en razón de la naturaleza de sus funciones el Consejo de la Judicatura Federal y el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, a quienes se adiciona un representante de la sociedad a partir del Comité de Participación Ciudadana que en esta reforma se propone crear.

Por su parte, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) pidió no olvidar que la propuesta original de crear un órgano nacional anticorrupción vino del entonces presidente electo Enrique Peña Nieto.

Sin embargo, la propuesta original de 2012 sufrió muchas modificaciones, que podría mencionarse que el producto final fue generado por el consenso de los legisladores con organizaciones de la sociedad civil.

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