México

El camino de la Reforma

#PuntosYComas¬ Los estados deberán aplicar los cambios al Poder Judicial en 180 días

17/09/2024 - 8:21 pm

En las reformas constitucionales al Poder Judicial se establece que las constituciones estatales tendrán que garantizar la independencia de magistrados y jueces; la forma como se llevará a cabo la elección de los funcionarios judiciales a través del voto libre, secreto y directo de los ciudadanos; además de la creación de los tribunales de disciplina judicial en cada entidad.

Ciudad de México, 17 de septiembre (SinEmbargo).– Para garantizar que la Reforma al Poder Judicial tenga efecto en toda la República, los congresos de los estados tendrán un plazo de 180 días naturales, entre el lunes 16 de septiembre del 2024 y el sábado 22 de marzo del 2025, para adecuar sus constituciones estatales y sus leyes secundarias en cada entidad del país, a las nuevas disposiciones constitucionales.

Todos los estados de la República deberán realizar la renovación de la totalidad de los cargos de magistrados y jueces de los poderes judiciales locales en las dos etapas previstas para el proceso electoral federal: junio del 2025 y junio del 2027, según establece el Artículo Octavo Transitorio del decreto de reformas constitucionales aprobado la semana pasada por el Congreso de la Unión que integran las cámaras de diputados y senadores, y por al menos 24 congresos estatales.

En las reformas constitucionales al Poder Judicial se establece, en el renovado artículo 116, que las constituciones estatales tendrán que garantizar la independencia de magistrados y jueces; la forma como se llevará a cabo la elección de los funcionarios judiciales a través del voto libre, secreto y directo de los ciudadanos; además de la creación de los tribunales de disciplina judicial en cada entidad, lo mismo que los organismos de administración judicial. Todo este proceso conforme a las bases establecidas en la Constitución General de la República.

Explica el mismo artículo 116 constitucional:

“Las propuestas de candidaturas y la elección de los magistrados y jueces integrantes de los Poderes Judiciales Locales se realizarán conforme a las bases, procedimientos, términos, modalidades y requisitos que señala esta Constitución para el Poder Judicial de la Federación en lo que resulte aplicable, estableciendo mecanismos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos, accesibles y paritarios de evaluación y selección que garanticen la participación de personas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo y se hayan distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia y antecedentes profesionales y académicos en el ejercicio de la actividad jurídica”.

Magistrados y Jueces en los poderes judiciales de los 32 estados del país durarán en el ejercicio de su encargo nueve años, podrán ser reelectos y, si lo fueren, sólo podrán ser privados de sus puestos en los términos que determinen las Constituciones y las Leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos de los Estados, que deberán ser similares a las establecidas para el ámbito federal.

Los magistrados y jueces de los poderes judiciales de los estados “percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable, la cual no podrá ser mayor a la establecida para la persona titular de la Presidencia de la República en el presupuesto correspondiente y no será disminuida durante su encargo”.

Además, se establece una disposición imperativa para evitar distorsiones y privilegios en el manejo del dinero público: “En el ámbito de los Poderes Judiciales de los Estados, no podrán crearse ni mantenerse en operación fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que no estén previstos en la ley”.

Los criterios que regularán la reforma judicial en la Ciudad de México quedaron incluidas en el reformado Artículo 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que en la capital del país “el ejercicio del Poder Judicial se deposita en el Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal de Disciplina Judicial local, el órgano de administración judicial y los juzgados y tribunales que establezca la Constitución Política de la Ciudad de México”.

El Congreso de la Ciudad de México tendrá que legislar en un plazo máximo de 180 días, que se cumplirán el sábado 22 de marzo del 2025, las reformas a la constitución local y a las leyes secundarias para la elección de magistrados y jueces estatales conforme a las bases, procedimientos, términos, modalidades y requisitos que señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los magistrados y jueces locales de la Ciudad de México durarán en el ejercicio de su encargo nueve años y podrán ser reelectos. Percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable, la cual no podrá ser mayor a la establecida para la persona titular de la Presidencia de la República en el presupuesto correspondiente y no será disminuida durante su encargo. En el ámbito del Poder Judicial, no podrán crearse ni mantenerse en operación fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que no estén previstos en la ley.

El Artículo Octavo Transitorio del Decreto en el que se aprueban reformas a la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos relacionadas con el Poder Judicial de la Federación se establece:

“El Congreso de la Unión tendrá un plazo de noventa días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto [lo que ocurrió el lunes 16 de septiembre del 2024] para realizar las adecuaciones a las leyes federales que correspondan para dar cumplimiento al mismo. Entre tanto, se aplicarán en lo conducente, de manera directa, las disposiciones constitucionales en la materia y, supletoriamente, las leyes en materia electoral en todo lo que no se contraponga al presente Decreto”. Esto significa que el plazo para el Senado de la República empezó a correr el pasado lunes 16 de septiembre y concluirá el sábado 14 de diciembre del 2024.

El mismo Artículo Octavo Transitorio explica que “las entidades federativas tendrán un plazo de ciento ochenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para realizar las adecuaciones a sus constituciones locales. Este plazo queda comprendido entre el lunes 16 de septiembre del 2024 y el sábado 22 de marzo del 2025. La renovación de la totalidad de cargos de elección de los Poderes Judiciales locales deberá concluir en la elección federal ordinaria del año 2027, en los términos y modalidades que estos determinen; en cualquier caso, las elecciones locales deberán coincidir con la fecha de la elección extraordinaria del año 2025 o de la elección ordinaria del año 2027.

El Artículo Décimo Transitorio aclara que “los derechos laborales de las personas trabajadoras del Poder Judicial de la Federación y de las entidades federativas serán respetados en su totalidad. Los presupuestos de egresos del ejercicio fiscal que corresponda considerarán los recursos necesarios para el pago de pensiones complementarias, apoyos médicos y otras obligaciones de carácter laboral, en los términos que establezcan las leyes o las condiciones generales de trabajo aplicables”.

Hay en el mismo Artículo Décimo Transitorio una exigencia que tendrán que cumplir los poderes judiciales, tanto de la federación como de los 32 estados del país: “Los órganos del Poder Judicial de la Federación y, en su caso, de las entidades federativas, llevarán a cabo los actos y procesos necesarios para extinguir los fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que no se encuentren previstos en una ley secundaria, por lo que tendrán un plazo máximo de noventa días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto para enterar la totalidad de los recursos remanentes en dichos instrumentos, así como los productos y aprovechamientos derivados de los mismos, a la Tesorería de la Federación o de las entidades federativas, según corresponda”. Este plazo ya empezó a correr el pasado lunes 16 de septiembre del 2024 y terminará el sábado 14 de diciembre del 2024.

Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador de Jalisco, rechazó la mañana de este miércoles la forma en que Samuel García Sepúlveda, su homólogo en Nuevo León, destapó al Diputado federal Jorge Alvarez Máynez como precandidato presidencial de Movimiento Ciudadano (MC), “en una mesa con botana y cerveza”, y sugirió que no apoyará ninguna imposición de la burocracia del partido.
Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador de Jalisco. Foto: Andrea Murcia, Cuartoscuro

EN REBELDÍA

Pese a que la reforma al Poder Judicial avanza por todo el país, hay algunos gobernadores a los que no les agrada el dictamen aprobado por el Senado de la República la madrugada del miércoles 11 de septiembre del 2024 y respaldado por al menos 20 legislaturas estatales durante el jueves 12 de septiembre del 2024. Como sucede con el mandatario de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez, quien el pasado viernes 13 de septiembre del 2024, al estar presente en el sexto informe del presidente municipal de Tlajomulco de Zúñiga, Salvador Zamora Zamora, lanzó un desafío al gobierno federal de Andrés Manuel López Obrador.

“La historia de lucha por el respeto del federalismo y el modelo de la república nos obliga como jaliscienses a poner el ejemplo a todo el país. Si en otros estados hay gobernadores que agachan la cabeza, diputados que agachan la cabeza, senadores que agachan la cabeza, allá ellos, aquí no, aquí hay algunos, pero son los menos, afortunadamente aquí somos muchos más los que entendemos lo que nos toca hacer como responsabilidad histórica”, resaltó Alfaro Ramírez, Gobernador de Jalisco.

Un día después, el sábado 14 de septiembre del 2024, Alfaro Ramírez volvió a insistir que su gobierno defenderá al federalismo y la división de poderes y por eso justificó la decisión del Congreso de Jalisco de no aprobar la reforma al Poder Judicial “para no ser comparsa del desmantelamiento de la República”. Durante la ceremonia de Conmemoración de la Bandera de Jalisco, el Gobernador expresó que no renunciará al federalismo que se ha construido a lo largo de estos seis años: “Hoy también desde Jalisco en esta plaza, en el mes patrio, en el mes en el que celebramos el orgullo de ser mexicano, pero también de ser jaliscienses también somos capaces de levantar la voz y de decir con firmeza que aquí lucharemos por la república hasta el último día, hasta el ultimo aliento y con todas nuestras fuerzas”.

Pedro Mellado Rodríguez
Periodista que durante más de cuatro décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace casi cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad jesuita de Guadalajara.
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