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La Cofece multa al AICM por más de 63 mdp por prácticas monopólicas en el servicio de taxis

14/09/2016 - 2:38 pm

El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México deberá pagar 63 millones de pesos por incurrir en prácticas monopólicas, anunció hoy la Comisión Federal de Competencia Económica.

Foto: Cuartoscuro
La Cofece consideró que el AICM tiene poder sistancial en el mercado. Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México, 14 de septiembre (SinEmbargo/EconomíaHoy).–La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) sancionó al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) con una multa de más de 63 millones de pesos, entre otras obligaciones, por la comisión de una práctica monopólica relativa, conocida como “discriminación de trato”, en el mercado del servicio de acceso a la zona federal y de estacionamiento para el servicio de taxis con origen en el aeropuerto.

Dicha conducta, explicó la Cofece, tuvo por objeto impedir el acceso a nuevos agentes económicos que pudieran prestar el servicio de taxo para competir con los existentes, así como establecer ventajas exclusivas para determinadas agrupaciones que ya proporcionaban el servicio, lo que generó un daño al proceso de competencia y libre concurrencia.

Además, la Cofece consideró que el AICM tiene poder sistancial en el mercado, toda vez que es el único que puede autorizar el acceso a la zona federal y de estacionamiento para la prestación de este servicio.

Para prestar el servicio de taxi en el AICM se debe tener un permiso expedido por la SCT y, a su vez celebrar con el aeropuerto un contrato de acceso a la zona federal. La práctica monopólica relativa se configuró en el momento en el que el AICM, haciendo uso de su poder sustancial en el mercado impuso:

– Condiciones diferentes en el servicio de acceso para prestar el servicio de taxi, al incorporar en los contratos cláusulas discriminatorias como dar permisos para incrementar unidades con preferencia a algunas empresas sobre otras.

– Cláusulas discriminatorias en los convenios o contratos celebrados entre las agrupaciones y permisionarios ya establecidos con el AICM. El Aeropuerto otorgó diversos descuentos a las empresas en el pago de la contraprestación en el servicio de acceso sin utilizarun criterio o metodología para hacerlo, de hasta un 35 por ciento.

La multa, de 63 millones 90 mil pesos, equivale a la multa máxima prevista para esta conducta, correspondiente a 900,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal de 2014, año en que concluyó el periodo investigado.

Además, la Cofece ordenó al AICM se le ordenó corregir y suprimir la práctica sancionada a través de la supresión de los contratos y convenios anticompetitivos. En adelante, la aseignación de nuevos contratos de este tipo deberán llevarse a cabo mediante licitación o concurso, para lo cual el AICM deberá solicitar y obtener la opinión de la Cofece.

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