Mario Campa

Nueve rutas de resistencia civil contra el impuesto a las remesas

"Es probable que los remitentes extranjeros pidan a amigos, familiares o conocidos de confianza que envíen remesas en su nombre".

Mario Campa

28/05/2025 - 12:05 am

Como llegué a temer, aunque a un grado subestimado, al final se impuso en la Cámara de Representantes la aversión republicana al migrante sobre el costo político de crear nuevos impuestos. Una vez más, ganó la pulsión chovinista. Erramos quienes calculamos que Trump no se atrevería a gravar las remesas. El matiz explicativo es que los ciudadanos estadounidenses no pagarán el cobro; sólo lo harán los indocumentados. La implicación política es que el hipotético castigo del elector latino se diluyó por una menor base gravable. Con ello, MAGA libró un cabildeo intenso.

A reserva de la votación pendiente en el Senado, listo a continuación nueve rutas para eludir el impuesto a las remesas. Es un pequeño tributo a los paisanos y sus familias, además de un llamado a la acción. Puestos en práctica, serían actos de resistencia civil pacífica legitimados por la posible inconstitucionalidad en clave discriminatoria, además de una doble tributación regresiva: el impuesto afecta a un grupo sin representación directa que pagaría por ganar dinero y además enviarlo a quienes menos tienen.

Ruta 1: Aprovechar las lagunas de definición. Una ancha avenida para eludir el impuesto del 3.5 por ciento sobre las remesas descansa en las definiciones estrechas de “transferencia de remesas” y “Proveedor de Transferencias de Remesas (RTP)” encontradas en la Ley de Transferencias Electrónicas de Fondos (AELC). Sin un RTP intermediario, una transferencia directa entre pares quedaría exenta del impuesto. A menudo, la autoridad fiscal sería responsable de demostrar que una transacción o un RTP específico se ajusta a estas definiciones, una tarea titánica dado el volumen de interacciones financieras modernas y las limitantes presupuestales en un ambiente de austeridad.

Ruta 2: Canalizar pagos a través de personas exentas. La mayor laguna legal es la exención para las transferencias realizadas por "remitentes estadounidenses verificados" que utilicen un "RTP calificado". Esta exención incentivará que las personas no exentas canalicen sus remesas a través de ciudadanos o nacionales estadounidenses elegibles. Es probable que los remitentes extranjeros pidan a amigos, familiares o conocidos de confianza que envíen remesas en su nombre. El extranjero proporcionaría los fondos —más una posible comisión— al ciudadano estadounidense exento, quien iniciaría la transferencia a través de un RTP calificado. Es también probable que surjan redes informales donde un solo ciudadano actúe como agregador para múltiples remitentes. Incluso con una legalidad explícita, el costo de monitoreo dificultaría castigar a los evasores.

Ruta 3: Transferir criptomonedas. En condiciones normales, esta vía sería desaconsejable. Pero Trump exige al economista cabalgar abismos de contradicción. Quienes utilizan billeteras autoalojadas controlan sus propias claves privadas y transan en la tecnología blockchain. Los desarrolladores de este software no se consideran RTP, ya que no custodian ni envían fondos en nombre del usuario. Una transferencia directa entre pares (P2P) de criptomonedas de una billetera a otra, incluso transfronteriza, no involucra un RTP intermediario. Además, ciertas criptomonedas ocultan por diseño detalles de las transacciones, como la identidad del remitente, y receptor y los montos transados, lo que imposibilita su rastreo fiscal. Cabilderos y especialistas como Ernst & Young ya alertaron que el mercado cripto será un paraíso evasor.

Ruta 4: Transportar efectivo. Es la alternativa más antigua para burlar al sistema financiero. La Ley del Secreto Bancario estadounidense exige reportar montos transfronterizos en efectivo superiores a 10 mil dólares. El límite tiene como fin la prevención del lavado de dinero, pero las remesas suelen ser transacciones de menor cuantía. La evidencia de Oklahoma, que en 2009 introdujo el primer impuesto subnacional a las remesas, sugiere que muchos migrantes enviarán efectivo a México con amigos, parientes y conocidos. La limitante obvia, además del tiempo y la inseguridad, es la distancia entre la frontera y el receptor. No obstante, el remitente puede recurrir a las casas de cambio y a la banca mexicana tan pronto cruza la línea. Como efecto indeseado, el nuevo impuesto incentivaría la delincuencia organizada al promover la informalidad financiera y elevar el costo de fiscalización.

Ruta 5: Enviar remesas en especie. Los paisanos pueden comprar bienes en Estados Unidos y enviarlos a sus familiares en México. El valor transferido descansaría en las propias mercancías. Puede abarcar desde productos electrónicos y ropa hasta electrodomésticos y alimentos no perecederos. La creciente red de distribución del comercio electrónico promueve esta alternativa como candidato obvio, aunque no es el único. Mucho antes de su existencia, el cruce fronterizo hormiga era común. Aunque la transferencia de valor mediante bienes voluminosos como automóviles usados enfrenta posibles decomisos y pagos de aranceles en México, el envío de joyas y relojes resulta casi imposible de fiscalizar.

Ruta 6: Pagar directo las facturas de los destinatarios. Otra alternativa es que el remitente estadounidense pague directamente los recibos del destinatario en México. Muchas empresas de servicios públicos, instituciones educativas, proveedores de atención médica y comercios aceptan tarjetas de crédito y débito internacionales, además de PayPal y similares. Poco impide que los paisanos paguen la suscripción a Netflix de sus conocidos en México sin pagar el impuesto a las remesas. Si el remitente utiliza su propia tarjeta directamente en el sitio web, la transacción burlaría la definición legal de remesa. La clave es evitar usar un RTP como intermediario.

Ruta 7: Usar tarjetas de prepago, monederos electrónicos y tarjetas de regalo internacionales. Estos instrumentos eludirían la definición formal de una remesa si no se estructuran de una manera específica. El impuesto sólo se cobraría si un RTP actúa de facilitador. En cambio, si una persona carga una tarjeta de prepago y luego la entrega a un viajero, o la usa para su familia en el extranjero, la participación directa del RTP se desvanece. Además, los remitentes pueden comprar tarjetas de regalo electrónicas de marcas internacionales o grandes tiendas en línea que operan en México. Sólo falta teclear “tarjeta de regalo” en Amazon para tener una idea. El código de la tarjeta se enviaría por correo electrónico al destinatario, quien puede canjearlo por bienes o servicios —similar a las remesas en especie o los pagos directos de facturas—. La clave sería no utilizar tarjetas con fines explícitos.

Ruta 8: Clasificar las transferencias como préstamos o regalos. La definición legal de "transferencia de remesas" se centra en los envíos electrónicos con fines de pago. Es incierto si un préstamo intrafamiliar calificaría si su carácter jurídico principal no es el pago de bienes y servicios o la ayuda general asociada a las remesas. El IRS (el SAT estadounidense) cuenta con normas complejas para distinguir entre un préstamo legítimo y una donación encubierta que incluyen factores como un pagaré, el cobro de intereses, una fecha fija de vencimiento y la expectativa y capacidad de reembolso. Sin embargo, si los remitentes presentan documentación que avale la estructura del préstamo —el reembolso tendría laxa fiscalización—, podrían argumentar que la transferencia escapa el pago del impuesto.

Ruta 9: Aprovechar los sistemas informales de transferencias. Es previsible que el impuesto a las remesas tenga como efecto indeseado una desviación sustancial de flujos hacia sistemas no bancarios basados en la confianza. Sistemas como Hawala, Hundi y Fei Ch’ien operan al margen de la supervisión regulatoria y evaden la tributación. Algunos canales aún no disponibles en México podrían incursionar por una mayor demanda esperada. Entretanto, variedades de las cundinas o tandas podrían emerger. Además, se intensificarían los “encargos” a viajeros frecuentes y el uso de negocios fachada para compensar saldos. En general, los sistemas informales ofrecen velocidad, un alto grado de anonimato y bajos costos directos. No obstante, su opacidad operativa y la falta de interacción con los sistemas tributarios entorpecen la supervisión fiscal. Representarían un retroceso para la inteligencia financiera.

Como muestran las nueve rutas, eludir el impuesto es posible. Habrá quien desee pagar o quien por urgencia o prudencia no pueda o quiera eludir. Por ello, la recaudación esperada ronda los mil millones de dólares y no cero. Cualquier decisión individual será respetable. Pero quien proteste con los pies lo hará por interés propio y también como acto de rebeldía colectiva: para que Trump tenga menos tributos y capital político para endurecer la política migratoria. Aun con las tensiones identificadas, los paisanos que resistan de forma consciente tendrán mi doble admiración: (1) por su arduo trabajo y (2) por su solidaridad y compromiso. A ellos y ellas va dirigida esta humilde contribución.

Mario Campa

Mario Campa

Mario A. Campa Molina es economista político e industrial, graduado del MPA de la Universidad de Columbia (2013-2015). Colabora como columnista y panelista en diversos medios y es editor contribuyente en español de la revista de ideas Phenomenal World, del Jain Family Institute (NY). Tiene experiencia laboral en el sector financiero, energético, público y académico.

Lo dice el reportero