México, 16 Ene. (Notimex).- La cuestión de fondo de si las nuevas credenciales de elector expedidas por el Instituto Federal Electoral (IFE) tendrán el domicilio de los ciudadanos explícito o encriptado quedó pendiente de resolver.
Lo anterior, luego de que los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) evitaron pronunciarse sobre el caso y sólo reconocieron la facultad del IFE para ordenar un estudio técnico-jurídico del asunto.
En su sesión de este día, abordaron dos recursos de apelación, uno del PRD que se pronunció contra la realización de este estudio, y otro del PAN que argumentó la ilegalidad de que aparezca el domicilio particular.
Por estas causas, los magistrados hicieron notar que el propio IFE no ha tomado una resolución definitiva sobre la que se pueda pronunciar.
La apelación del Partido de la Revolución Democrática (PRD) argumentó que el IFE ni siquiera debería realizar el estudio técnico-jurídico que ordenó porque la propia ley ordena que el domicilio de los ciudadanos debe aparecer en la credencial para votar, y fue desechada por unanimidad.
Los magistrados del máximo tribunal hicieron notar que si bien la ley establece la inclusión del domicilio, no especifica si éste debe aparecer de manera literal o si puede estar encriptado para que sólo sea conocido por las autoridades.
En este sentido, desestimaron que se esté violentando el principio de certeza, tal como lo asegura el PRD, por lo que reconocieron que el IFE está facultado para ordenar el estudio técnicojurídico y con base en los resultados, tomar una resolución definitiva sobre el tema.
Después, al abordar la apelación que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) argumentaron que para cumplir con la ley que ordena la protección de los datos personales, las nuevas credenciales del IFE no deben traer de manera visible y textual el domicilio de los ciudadanos.
El magistrado Flavio Galván, ponente de este caso, dio la razón al PAN, sin embargo, el resto de los magistrados hicieron notar que los argumentos del partido blanquiazul son inoperantes.
Señalaron que el propio IFE aún no toma una resolución definitiva respecto a este punto, y precisamente por ello es que ordenó la realización del estudio sobre el cual sustentará su resolución.
Así que habrá que esperar a que el Consejo General del IFE decida si en las nuevas credenciales aparecerá o no de manera explícita el domicilio de los ciudadanos, y después si hay una nueva impugnación de los partidos, el TEPJF analizaría nuevamente el caso para pronunciarse en última instancia.
En la sesión de este día, los siete magistrados que integran la Sala Superior del máximo tribunal desahogaron otros 27 recursos de impugnación además de esos dos, los cuales fueron resueltos en su mayoría por unanimidad.
Otro caso donde hubo discrepancia fue el relacionado con una multa impuesta al PRD por no haber reportado la aportación en especie y los gastos realizados por su entonces candidato a senador, Armando Ríos Píter.
En este punto, seis magistrados se pronunciaron por revocar la multa, al considerar que estuvo mal fundamentada por la autoridad administrativa, porque la trató como gastos de propaganda realizada por el partido político.
En realidad, argumentaron, se trató de un informe de actividades presentado por el entonces diputado, hoy senador, quien sería en todo caso el responsable y no el partido político, precisaron.




