Taxis de aplicación no tienen permiso para operar en aeropuertos, aclara la SICT

30/10/2025 - 5:26 pm

La SICT explicó que el amparo obtenido por Uber no implica una autorización formal para la prestación de estos servicios en los aeropuertos del país. 

Ciudad de México, 30 de octubre (SinEmbargo).- La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) aclaró este jueves que las empresas prestadoras de servicios de transporte mediante aplicaciones digitales, como "Uber" y "Didi", no cuentan con la autorización para realizar traslados de pasajeros de y hacia los aeropuertos del país incluido el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).

"Respecto de los servicios de pasajeros de y hacia los aeropuertos la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), informa que los servicios que se brindan a través de las empresas de aplicación no cuentan con autorización expedida por la Secretaría para prestar estos servicios de transportación", informó la Secretaría a través de un comunicado.

La dependencia aludió directamente a Uber y precisó que la suspensión otorgada por un juzgado federal de la Ciudad de México (CdMx) a la empresa es para que los operativos que realiza la Guardia Nacional en los 70 aeropuertos del país no sean arbitrarios ni discriminatorios.

"El Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México, otorgó una suspensión a la empresa, para que los operativos de la Guardia Nacional se realicen conforme a la normatividad establecida en la Ley de Caminos Puentes de Autotransporte Federal y el Reglamento correspondiente aplicable, evitando que estos sean arbitrarios y discriminatorios", señaló.

La institución fue enfática al establecer que dicho beneficio conferido a la empresa, "no implica una autorización para la prestación de estos servicios" en los aeropuertos, pero indicó que los usuarios podrán seguir utilizando los sitios autorizados de taxis en los aeropuertos, servicios turísticos y autobuses autorizados hacia puntos específicos.

La SICT aclaró que las empresas prestadoras de servicios de transporte mediante aplicaciones, no cuentan con la autorización para operar en aeropuertos.
Uber ha exigido en años recientes el derecho a operar en los aeropuertos federales para eficientar la movilidad en esos espacios. Foto: Uber

Apenas el 27 de octubre pasado, Uber informó que una Jueza federal concedió una suspensión definitiva para operar en todos los aeropuertos del país, por lo que las detenciones a conductores de esta aplicación de servicio de taxis se considerarían ilegales.

En un comunicado, la empresa precisó que la suspensión sólo aplicaba a quienes realizaran un viaje con esta aplicación en cualquiera de los 70 aeropuertos del país, lo que daría certeza jurídica a sus trabajadores de que no podrían ser detenidos si un usuario solicitaba un servicio de o hacia alguna terminal aérea.

Tras el recurso judicial, la compañía instó a las autoridades federales a llevar a buen puerto la suspensión mediante acciones legislativas que mejoren el entorno de servicio de transporte para el turismo nacional e internacional y que se reafirme el derecho "de las plataformas a tener acceso a los aeropuertos federales para eficientar la movilidad en esos espacios que son la carta de presentación de México hacia el mundo".

Redacción/SinEmbargo

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