Inconstitucional que jueces requieran estudios de personalidad: SCJN

09/01/2013 - 8:54 pm

México, 9 Ene. (Notimex).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional que jueces del Distrito Federal requieran dictámenes periciales sobre la personalidad del sujeto para la adecuada aplicación de las penas y medidas de seguridad.

Al resolver, en sesión pública, el amparo directo en revisión 3292/2012, señaló que es inconstitucional la parte normativa del último párrafo del Artículo 72 del Código Penal para el Distrito Federal, que dispone requerir dichos dictámenes.

Asimismo, señaló que tal disposición contradice el paradigma del derecho penal del acto, según la cual queda prohibido tomar en cuenta los factores relacionados con la personalidad del transgresor de la norma penal para efectos de individualizar su sanción.

La sala del máximo tribunal del país expuso que ninguna persona debe ser castigada por quién es, por cómo ha vivido su vida, o bien, por el hecho de representar un cierto nivel de "peligrosidad" social, sino sólo por las conductas delictivas que comprobadamente cometió.

Así, al considerar inconstitucional esa parte normativa del artículo, revocó la sentencia del tribunal competente y concedió el amparo al quejoso, quien fue sentenciado a 17 años de prisión por el delito de robo agravado, en pandilla, con violencia física y moral, en contra de transeúntes, uno de ellos mayor de 70 años.

El amparo es para que la instancia responsable del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) vuelva a individualizar la pena que le impuso al sentenciado, en el entendido de que deberá reiterar todas las cuestiones jurídicas que no son materia del presente amparo.

Redacción/SinEmbargo

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