El SAT publica la lista de adeudos cancelados; separa a los reportados como "no localizados" de los deudores

01/02/2014 - 9:45 pm

Ciudad de México, 1 de febrero (SinEmbargo) .- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó este sábado una lista actualizada de los contribuyentes, en la que además incluyó a aquellos a quienes se les han cancelado adeudos fiscales, informó el organismo en un comunicado.

Luego de las múltiples solicitudes para que el SAT hiciera públicos los nombres de todos aquellos que se vieron favorecidos con este beneficio y constantes negativas del organismo para darlos a conocer, finalmente accedió.

La publicación también se da en medio de una polémica por la publicación de listas de deudores del SAT que le generó reclamos de figuras públicas que comprobaron haber cumplidoccon sus obligaciones fiscales.

Una de estas solicitudes se dio por parte de  Ricardo Anaya Cortés, presidente de la Cámara de Diputados, quien exhortó al gobierno federal a cumplir con las disposiciones de la reforma al Código Fiscal, en la que se pide absoluta transparencia de quienes son deudores del fisco, así cono a quienes se les condona la contribución.

Asimismo,  Luis Alberto Villarreal García, coordinador de los diputados panistas, pidió al SAT "que si va a publicar la lista negra también publique la 'lista oscura' de las condonaciones".

En la lista más reciente, el SAT indica que se incluyen los datos de 4 mil 986 contribuyentes adicionales, "de estos 749 corresponden a créditos firmes, 46 a créditos exigibles, mil 214 a créditos cancelados, 5 con sentencia condenatoria ejecutoria y 2 mil 972 no localizados que tienen incumplimiento sistemático en sus obligaciones fiscales", indicó en el comunicado.

Además, separa la relación de contribuyentes incumplidos, a los no localizados.

Y aclaró "es importante mencionar, respecto de la cancelación de créditos, que esta acción se realiza cuando se determina la insolvencia del deudor; es decir, cuando no tiene bienes de su propiedad; o cuando el monto del adeudo es menor a la inversión que se requiere hacer para cobrarlo".

Pero la cancelación no exime de su obligación frente al fisco, pues si posteriormente se localizan los bienes, pueden ser embargados.

Redacción/SinEmbargo

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