#PuntosyComas ¬ Los partidos en formación no pueden recibir dinero del extranjero

27/01/2025 - 8:25 pm

La normatividad de fiscalización del Instituto Nacional Electoral establece que por muy buena voluntad que se tenga, no se pueden recibir aportaciones de ciudadanos que residen fuera del país, para apoyar la constitución de un nuevo partido político.

Ciudad de México, 27 de enero (SinEmbargo).- Aunque algunas organizaciones que pretenden convertirse en nuevos partidos políticos en México pudieran tener la simpatía y el respaldo de instituciones y personas extranjeras, por disposición del Instituto Nacional Electoral, no podrían recibir respaldo financiero desde fuera de nuestras fronteras y mucho menos procedentes de ciudadanos o entidades de otros países. Sin embargo, los ciudadanos mexicanos que radican fuera del país si podrían afiliarse a los partidos políticos en formación, luego que las organizaciones promoventes sean autorizadas por el INE para iniciar el proceso de realización de las correspondientes asambleas estatales o distritales y obtengan la aplicación electrónica móvil que permita el registro electrónico.

Hasta el pasado viernes 24 de enero del 2025 el Instituto Nacional Electoral había recibido la notificación de 29 organizaciones de ciudadanos que le informaron su interés de constituirse en partidos políticos nacionales, y su intención de iniciar el proceso para la realización de asambleas en por lo menos 20 de las 32 entidades federativas del país o en su caso, en 200 distritos electorales de los 300 que hay en la República, para estar en condiciones de solicitar su registro oficial en enero del 2026.

Los registros de los partidos políticos que sean procedentes, a juicio del Instituto Nacional Electoral, surtirán efectos constitutivos a partir del primer día del mes de julio del año previo al de la siguiente elección, es decir, en 2026. Y su ratificación quedará sujeta a que el nuevo partido político nacional logre por lo menos el 3 por ciento de los votos de todo el país en los comicios para diputados federales programados para el primer domingo de junio del 2027.

Hay una serie de requisitos establecidos en las normas electorales que deben cumplir estrictamente todas las organizaciones y los ciudadanos que pretendan participar en la formación de los nuevos partidos políticos.

Deben ser Asociaciones Civiles

Las organizaciones de ciudadanos que pretendan promover la creación de un nuevo partido político nacional, necesariamente tienen que constituirse en una Asociación Civil, como requisito obligatorio para ser reconocidas por el Instituto Nacional Electoral. Cumplir este requisito es indispensable porque en el proceso de constitución de nuevos partidos políticos nacionales, para un correcto y cabal ejercicio de la función fiscalizadora a cargo de la autoridad electoral, se requiere la rendición de cuentas y la notificación puntual del manejo de los recursos que utilice cada asociación civil participante.

No obstante lo anterior, si al momento en que las organizaciones presenten su notificación de intención para constituirse en partido político, en el período comprendido del 8 de enero y hasta el 31 de enero de 2025, aún no se encuentran constituidas como asociación civil, contarán con 30 días naturales para hacerlo; plazo que empezará a correr, una vez que se les notifique la procedencia de su notificación.

Documentos básicos

Todas las organizaciones que pretendan constituirse en partidos políticos deberán presentar sus documentos normativos internos, como lo son estatutos, declaración de principios y programas de acción, en los cuales podrán realizan modificaciones y ajustes hasta el momento de la celebración de su Asamblea Nacional Constitutiva en la cual tendrán que ser aprobados por los delegados del partido.

¿Cuándo se sabría si una organización de ciudadanos fue reconocida oficialmente como un nuevo partido político?

Luego de celebrar sus asambleas estatales o distritales, y su asamblea nacional constitutiva, las organizaciones de ciudadanos deberán presentar por escrito su solicitud de registro oficial ante el Instituto Nacional Electoral entre el 2 y el 27 de febrero de 2026. Dentro del plazo de 60 días hábiles, contados a partir de que tenga conocimiento el Consejo General del INE de la o las solicitudes de registro, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral resolverá, cuando proceda, expedir el certificado correspondiente, mismo que surtirá efectos a partir del 1 de julio de 2026.

Entre el año 2000 y el 2024 un total de 16 organizaciones políticas han perdido su registro oficial como partidos políticos nacionales. Veamos los primeros ocho casos, ocurridos entre 2000 y 2003.

Durante el proceso de formación de los nuevos partidos políticos ¿sus representantes y promotores pueden dar entrevistas y aparecer en medios de comunicación?

Sí, además de las personas afiliadas. Pueden difundir ideas libremente a través de cualquier medio de comunicación, siempre que no vulneren los límites establecidos para la propaganda político-electoral.

¿Una persona puede estar afiliada a un partido político y afiliarse, a la vez, a una nueva organización interesada en constituirse como partido político nacional?

En caso de que una persona se encuentre afiliada a un partido político nacional o local, al realizar el proceso de afiliación a un partido político en formación, estará renunciando a cualquier afiliación previa.

¿Puede una persona afiliarse a dos o más organizaciones en proceso de constituirse en partidos políticos nacionales?

Una persona sólo puede estar afiliada a una organización que pretenda constituirse como partido político nacional. Asimismo, si se afilia a un partido político en formación no puede ser militante simultáneamente de un partido político con registro vigente. La última voluntad manifestada es la que la autoridad considerará.

¿Qué requisitos debe cumplir un ciudadano para afiliarse a un partido político en formación?

Requiere su credencial para votar (CPV) vigente. Al momento de afiliarse deberá firmar la manifestación de afiliación libre y voluntaria. Además, si se afilia durante una asamblea, para que su asistencia cuente, es necesario que tu domicilio se ubique dentro de la entidad o distrito en que se lleve a cabo la asamblea.

Entres 2009 y 2024 ocho partidos políticos nacionales perdieron su rehistro, entre ellos el histórico Partido de la Revolución Mexicana. Veamos cada uno de esos casos.

¿Puede afiliarse a un partido político en formación una persona que radique en el extranjero?

Un ciudadano mexicano sí puede afiliarse desde el extranjero, por medio de la Aplicación Electrónica Móvil autorizada por el Instituto Nacional Electoral, con la asistencia de una persona auxiliar, que tendría que estar registrada ante la autoridad electoral.

¿Los ciudadanos mexicanos que residen el extranjero pueden realizar aportaciones a las organizaciones que promueven la creación de un nuevo partido político?

Por muy buena voluntad que se tenga, definitivamente no se pueden recibir aportaciones de ciudadanos que residen fuera del país, para apoyar la constitución de un nuevo partido político, establece la normatividad de fiscalización del Instituto Nacional Electoral.

¿Se puede amenizar una asamblea constitutiva de un nuevo partido político con un algún tipo de atractivo especial?

El Instituto Nacional Electoral establece que esta prohibido realizar aquellas actividades que pretendan agregar atractivos especiales para conseguir la asistencia de los ciudadanos a las asambleas estatales o distritales para la formación de nuevos partidos políticos. La presentación de espectáculos artísticos, cualquier tipo de obsequios materiales, dádivas, payasos, etcétera, invalidarían la asamblea.

¿Se tiene que comprobar el origen de todas las aportaciones, aunque sean pequeñas, por ejemplo, menores de 100 pesos?
Todas las aportaciones en efectivo deberán reportarse y su origen debe ser comprobable. El registro de las operaciones de ingresos y egresos deberán realizarse desde el momento en que ocurre la operación y hasta la fecha de presentación de su informe mensual que corresponda, durante los primeros diez días del mes siguiente en el cual fueron realizadas pas operaciones.

Pedro Mellado Rodríguez

Pedro Mellado Rodríguez

Periodista que durante cinco décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad Jesuita de Guadalajara. Es autor del libro Las Naves Nodrizas de la Comunicación y el Periodismo (Taller Editorial La Casa del Mago, Guadalajara, 2022).

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