Exentas algunas personas físicas en entrega de balanza de comprobación

06/08/2014 - 2:57 pm

México, 6 Ago. (Notimex).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que será hasta enero del próximo año cuando concluya el plazo para la presentación de la contabilidad electrónica iniciada en julio pasado y de la cual quedarán exentas las personas físicas que utilicen el sistema Mis Cuentas.
De esta forma, precisa el organismo en un comunicado, “será hasta enero de 2015 cuando las personas morales comiencen a enviar sus balanzas de comprobación cada mes”, al tiempo que las personas físicas que utilicen Mis Cuentas quedarán relevadas de esta obligación.

Mis cuentas es la aplicación del SAT que facilita el registro de ingresos, gastos y para la emisión de facturas electrónicas de contribuyentes del RIF dedicados a la actividad empresarial y profesionistas que emiten comprobantes fiscales por sus servicios.

El SAT menciona que de acuerdo con Aristóteles Núñez Sánchez, jefe del organismo, se amplió el plazo para presentar la obligación de la contabilidad electrónica hasta enero de 2015.

Ello, explica, porque los desarrolladores de los sistemas de contabilidad requieren de tiempo para contar con una solución más eficiente, por la entrada gradual del buzón tributario y por la petición de la contaduría pública organizada al tratarse de nuevas medidas a las que se enfrentan los contribuyentes.

Asegura que este esquema facilita el envío de información contable al SAT, con lo cual se anticipan las posibles revisiones de la autoridad y se garantiza una sola contabilidad por parte de los contribuyentes, que es reportada mensualmente vía electrónica.

Aclara que no es necesario entregar toda la contabilidad de la empresa, sino que se enviará electrónicamente al SAT el catálogo de cuentas por única vez.

En caso de actualizaciones, balanza de comprobación de cada mes y pólizas contables, sólo si se ejerzan facultades de comprobación o cuando haya solicitud de devoluciones o compensaciones, abundá.

El organismo refiere que los contribuyentes únicamente deben generar el archivo en formato XML con su información y enviarlo a través del Buzón Tributario en www.sat.gob.mx, mediante la firma electrónica.

Redacción/SinEmbargo

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