La Primera Sala de la SCJN sentó un precedente importante para los casos de abuso sexual contra menores, al determinar que no hay plazo de prescripción del delito para que se pueda demandar por la vía civil. Esto luego de que los ministros rechazaron amparar al productor Luis de Llano y confirmaron la condena civil en su contra por daño moral derivado de la denuncia por abuso sexual de la cantante Sasha Sokol.
Ciudad de México, 28 de junio (SinEmbargo).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar al productor Luis de Llano y confirmó la condena civil en su contra por daño moral derivado de la denuncia por abuso sexual de la cantante Sasha Sokol. La sentencia es clave en los casos de abuso sexual a menores al establecer un precedente a favor de las víctimas.
La sentencia por el caso de Sasha Sokol trasciende por mucho la denuncia de la cantante, pues abre la vía del juicio civil para otras víctimas. La principal determinación de las y los ministros fue la imprescriptibilidad de la acción civil en casos de abuso sexual contra menores, es decir que, sin importar el tiempo que pase, desde ahora, cuando esté lista, cada víctima podrá acceder a la justicia.

El precedente en denuncias de abuso sexual
Cuando en un delito se habla de prescripción, se refiere que ya no se puede ejercer una acción legal porque ha transcurrido un periodo de tiempo específico determinado por la Ley, es por eso que el caso Sasha Sokol es un precedente importante pues es jurisprudencia obligatoria para todos los tribunales del país, es decir, vincula a todas y todos los jueces, tanto locales como federales, a acatar la sentencia de la Corte.
¿Y por qué es importante el tiempo? En los casos de violencia sexual, sobre todo contra niños, niñas, mujeres y adolescentes, las víctimas suelen tardar mucho en poder nombrar la violencia que vivieron y denunciar. Por lo que la imprescriptibilidad permitirá a otras víctimas de abuso sexual ejercer su derecho a la verdad y a la reparación de los daños, sin importar el tiempo que haya pasado desde que fueron violentadas.
Fue la ponencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo la que abordó el tema de la prescripción de este delito por la vía civil. Ahora las víctimas tienen la posibilidad de reclamar una indemnización, la valoración de pruebas y el concepto de revictimización sin importar el tiempo.
El proyecto establecía que: “En este tipo de interacciones no puede hablarse de una relación de pareja porque implicaría hablar de igualdad, lo que no sucede por la diferencia de edades. En estos casos se estima que no hay consentimiento realmente, dadas las diferencias cognitivas, emocionales y sociales entre las partes de la reclamación”.
Así, al analizar el asunto la Primera Sala de la Corte declaró la imprescriptibilidad de este delito, para garantizar el acceso a la justicia y la reparación integral del daño, según lo determinó en amparo directo en revisión 34/2024.
Una frase importante de la sentencia dice: “Se determina que cualquier término de prescripción vulneraría los derechos de acceso a la justicia de las personas que sufrieron violencia sexual cuando eran menores de edad, lo que además, vulneraría el derecho a la libertad y seguridad sexual, a vivir una vida libre de violencia y a la integridad personal; por ello, debe considerarse que para estos casos no debe correr la prescripción”.

Víctimas de abuso sexual necesitan tiempo
La sentencia de la Corte que determina la imprescriptibilidad de la acción civil en casos de abuso sexual contra menores parece lejana pero hay cifras que demuestran lo contrario, Por ejemplo, de acuerdo con la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia, México es el país con mayor número de casos de abuso sexual infantil dentro de los países de la OCDE.
Según la Red por los Derechos de la Infancia en México, Redim, la mayoría de las víctimas tarda años en hablar sobre la violencia sexual que vivieron y, datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de 2024 revelan que cada hora, 2 menores de edad son víctimas de delitos sexuales en México.
La Redim también destaca que, hasta 2023, el 94.7 por ciento de los delitos sexuales se cometen contra mujeres, en su mayoría menores de edad; y cifras oficiales de ese mismo año indican que 1 de cada 5 víctimas de delitos sexuales tenía entre 0 y 17 años pero que sólo 1 de cada 10 casos denunciados alcanza una sentencia, la gran mayoría queda impune.
“Las organizaciones hemos defendido y exigido el ‘Derecho al Tiempo’ para que sobrevivientes de violencia sexual infantil accedan a la justicia sin la limitación de plazos de prescripción”, según la Red, es necesario adoptar institucionalmente este derecho como principio rector en justicia para la infancia.
“Con esta medida, se reconoce que muchas víctimas requieren tiempo, madurez y redes de apoyo para poder denunciar y garantiza que el acceso a la justicia no tenga fecha de caducidad. La mayoría de las víctimas no denuncia por miedo, vergüenza o falta de apoyo”.
Sasha Sokol reconoce sentencia
Tras la decisión de la Primera Sala, la cantante Sasha Sokol emitió un comunicado en el que reconoció el fallo por sentar un precedente contra el abuso sexual infantil.
Y aunque señaló que ninguna sentencia, por sí sola, tiene la capacidad de reparar “tanto daño”, agradeció al ministro Jorge Pardo Rebolledo por “validar el proceso que vivimos las víctimas”:
“A los catorce años no tuve herramientas para comprender lo que me estaba pasando, mucho menos para defenderme. El abuso de Luis también sucedió al manipular la verdad con declaraciones falsas como que mis papás estaban de acuerdo, o incluso mintiendo ante el juzgado al declarar que la relación no había existido más que ‘en la mente de una niña fantasiosa’.
Por eso la justicia lo ha condenado por el abuso continuo; desde la relación sexual hasta el daño moral que violentó mi dignidad, integridad física, intimidad y honor. Llevar las cosas hasta aquí me ha devuelto la capacidad de acción. Hoy tengo en mis manos las riendas de mi vida y puedo cuidarme. Estabilizar la verdad es el principio de la reparación”.
El caso Sasha Sokol vs Luis de Llano
Sasha Sokol denunció el 8 de marzo del 2022, a través de sus redes sociales, el abuso sexual que sufrió por parte de Luis de Llano cuando ella apenas tenía 14 años de edad, así como el impacto psicológico y emocional que había vivido durante estos años de silencio.
“Desde los 14 años quise creer que fui responsable de lo que pasó. Hoy comprendo que mi única responsabilidad fue guardar silencio. Esa relación terminó hace 33 años, pero hasta hoy, que lo comparto, es que termina lo tóxico que trajo consigo”, escribió en una larga publicación donde explicó como de adolescente fue víctima de abuso sexual por parte de Luis de Llano y todas las complicaciones en su vida.
Luego de esto, en mayo de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Ciudad de México condenó al productor por por daño moral a Sokol, al considerar que revictimizó a la cantante tras hacer declaraciones públicas reiteradas sobre “la relación”, que en realidad era violencia sexual contra una adolescente.
Luis de Llano fue sentenciado a emitir una disculpa pública, tomar un curso especializado en prevención de conductas de abuso sexual, no mencionar a la cantante de manera pública mediante entrevistas, declaraciones, en redes sociales o en cualquier medio de comunicación, y reparar el daño.

Pero la defensa apeló y solicitó un amparo al argumentar que hubo errores de procedimiento, pruebas mal valoradas y la prescripción del delito. En su impugnación, señalaron que el artículo 1934 del Código Civil de la Ciudad de México determina que hay un plazo de dos años para reclamar el daño moral y como los hechos habían ocurrido décadas atrás ya había pasado el tiempo para demandar.
En respuesta, de acuerdo con la Tarjeta Informativa sobre el expediente 722/2024, después de una serie de sentencias, apelaciones y un juicio de amparo directo, la cantante solicitó la atracción de este asunto por la Suprema Corte.
Ya con la determinación de la Primera Sala, al negar el amparo que interpuso el productor, se confirma que está obligado a realizar una disculpa pública, abstenerse de volver a hablar de lo sucedido y pagar una indemnización a Sokol.




