Lo que parecía ser un despido justificado de manual se convirtió en todo un caso legal que llegó hasta los más altos tribunales del país y dejó un antecedente sobre los derechos de los trabajadores.
Ciudad de México, 5 de febrero (SinEmbargo).- Era un día más en el que no llegaba al trabajo, nadie sabía qué había pasado con ella, simplemente dejó de ir sin previo aviso. Su ausencia no pasó desapercibida, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), donde trabajaba, no le quedó de otra: comenzar el procedimiento de despido.
Ya sumaba más de tres faltas en menos de 30 días y sobre eso la Ley Federal del Trabajo es clara: despido justiciado. Es decir, la trabajadora ausente sólo recibiría su finiquito, en lugar de liquidación, que incluye únicamente salario, aguinaldo y vacaciones proporcionales.
El IMSS siguió el procedimiento de investigación previsto en el contrato colectivo de trabajo, sin que la trabajadora informara la razón de sus inasistencias. Entonces, quedó asentada la rescisión de la relación de trabajo de manera justificada.
Fue entonces que la ahora ex trabajadora por fin apareció y lo hizo presentando una demanda contra el Seguro Social exigiendo su reinstalación al puesto de trabajo y el pago de diversas prestaciones labores, argumentando que su despido fue injustificado.
El caso llegó al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales el cual concluyó que el IMSS había realizado el procedimiento correctamente, mientras que la ex empleada fue la que no informó oportunamente a la parte patronal el motivo que justificara sus faltas.
Fue entonces que el tribunal rechazó la demanda de la ex trabajadora y de absolvió al instituto de salud, dando visto bueno al despido justificado.
La razón de su ausencia y el fallo a su favor

La demandante no se quedó con los brazos cruzados y apeló la decisión del tribunal, quedando el caso en manos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, donde sorpresivamente se falló a su favor.
Hubo un detalle que el Seguro Social omitió y que cambia toda la perspectiva del caso: las razones de la ausencia de la ex trabajadora. Durante todo ese tiempo la mujer estuvo internada en un centro de atención a las adicciones.
Este detalle cambia todo el caso ya que no sólo explica las razones por las que se ausentó de su trabajo, sino también evidencia una falla en el procedimiento de despido justificado en su contra: no pudo defenderse.
El tribunal colegiado explicó que para que una investigación administrativa sea válida invariablemente debe contar con la citación de la parte trabajadora para que ésta tenga la oportunidad de manifestar lo que a su interés convenga en relación a sus faltas injustificadas.
Sin embargo, en este caso la empleada estaba imposibilitada de acudir a la investigación administrativa porque se encontraba internada en un centro de atención a las adicciones sin que pudiera salir, lo que invalida el procedimiento del despido justificado.
De acuerdo con el tribunal colegiado, la investigación del IMSS carece de validez, pues no le permitió a la trabajadora a participar en la investigación provándola de aportar elementos que demuestren que esas faltas no fueron injustificadas.
Con esta decisión, la primera resolución que validaba el despedido justificado de la empleada quedó sin efectos y se ordenó emitir una nueva tomando en cuenta los criterios señalados.
Este caso fue resuelto el pasado 15 de agosto de 2025, sin embargo, fue dado a conocer en el Semanario Judicial de la Federación apenas este 9 de enero de 2026.




