ENTREVISTA ¬ Esta nueva Corte resolverá públicamente, antes nadie se enteraba: Lenia

13/11/2025 - 9:51 pm

La Ministra Batres recordó que ahora todos los asuntos se tratan en sesiones públicas cuando antes no era así. De esa manera, recordó que cuando integró la Segunda Sala, en la antigua conformación de la Corte, se resolvían los asuntos fiscales de manera irregular.

Ciudad de México, 13 de noviembre (SinEmbargo).– La Ministra Lenia Batres Guadarrama reconoció la importancia de la resolución que tomó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en relación a los 7 créditos fiscales de Grupo Elektra y TV Azteca, ambas propiedad de Ricardo Salinas Pliego, por 48 mil 356 millones 928 mil 786 pesos que ahora tendrá que pagar el empresario, e indicó que además todo se resolvió de manera pública y transparente.

“Es muy importante la resolución, pero además de manera transparente que tiene que ver con que justamente la nueva Suprema Corte está resolviendo el 100 por ciento de sus juicios en sesiones públicas. Antes del 1 de septiembre resolvíamos el 5 por ciento de los juicios en sesiones públicas, el 95 por ciento que era lo que se llevaba en las dos salas, primera y segunda, se resolvía en sesiones privadas. Nadie se enteraba cuál eran los cuáles eran los argumentos, ni cómo se iba resolviendo cada caso”, comentó la Ministra Batres Guadarrama a “Los Periodistas”, programa que se transmite en SinEmbargo Al Aire.

Este jueves, la Suprema Corte rechazó atraer los amparos interpuestos por Grupo Elektra y TV Azteca, propiedad de Ricardo Salinas Pliego, que suman una deuda de más de 48 mil millones de pesos que se acumularon desde 2008 y que, al no existir otra instancia a la que pueda recurrir en México, debe pagar.

En ese sentido, la Ministra Lenia indicó que el fallo del máximo tribunal de justicia del país con respecto a los 7 créditos fiscales “tiene un significado muy fuerte porque en nuestro país hay una larga tradición de no aplicación de la ley de manera pareja”.

“Algunos no pagaban impuestos, hubo años y yo recuerdo desde hace cerca de 20 años por lo menos, fue muy constante la denuncia de algunas personas físicas y morales que no pagaban impuestos, a los que se les condonaba constantemente y por esa razón fue que justamente el Presidente López Obrador impulsó una reforma constitucional al Artículo 31 de nuestra Carta Magna para prohibir eh la condonación de impuestos”, indicó Batres Guadarrama.

La Ministra sostuvo que por lo mismo desde 2021 está prohibido para cualquier autoridad fiscal y por lo tanto también para las autoridades jurisdiccionales la condonación de impuestos. “Esto ha traído como consecuencia, por un lado, que disminuyan los juicios fiscales porque ya no pueden tener ese beneficio en juicio, no lo pueden reclamar, no se puede resolver en favor de nadie, en tanto que la ley lo prohíbe, pero por otro lado ha tenido este tipo de consecuencias en las que algunos actores que tenían o venían arrastrando adeudos muy fuertes y en su momento la propia autoridad no justificó el no pago de impuestos, pues se tengan que estar resolviendo ahorita”.

Por lo mismo, refirió que ahora esta nueva Corte que entró en funciones desde el 1 de septiembre pasado está resolviendo adeudos de 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013. “Son en todos los casos adeudos o créditos fiscales por Impuesto Sobre la Renta, que es el impuesto que grava la riqueza, que grava las ganancias de las personas”, apuntó.

La Ministra Batres recordó que ahora todos los asuntos se tratan en sesiones públicas cuando antes no era así. De esa manera, recordó que cuando integró la Segunda Sala, en la antigua conformación de la Corte, se resolvían los asuntos fiscales de manera irregular.

“Recibían digamos que un trato sumamente concesivo porque pues parte de los juicios que me tocó ver, de hecho los más intensos en los que hubo mayor discusión hubo mayores argucias hasta de los propios ministros”, señaló.

Recordó, por ejemplo, que estuvo involucrada en dos casos en los que justamente tuvieron que ver resoluciones ligadas al grupo empresarial de Ricardo Salinas Pliego, en las que “con argucias se le aprobó la deducción de 621 millones de pesos a la empresa Totalplay”.

“El proyecto que se estaba sometiendo a votación no le daba ese beneficio y durante la sesión los ministros decidieron que se lo iban a dar cuando eso era un trámite irregular, lo era entonces, lo sería ahora que no varía esta regla del reglamento de la Corte que dice que cuando no se acepta un proyecto debe retornarse a otro Ministro y hacer un nuevo planteamiento que recoja lo que se discute”, denunció.

La Procuraduría Fiscal informó en septiembre pasado que Totalplay buscó deducir gastos que el SAT consideró indebidos porque la ley no los justifica y no los permite: viáticos, anticipos, servicios, entre otros. Si bien, el SAT ganó casi todo el caso en todas las instancias, excepto por una deducción que sí se aceptó (comisiones a distribuidores). Aún está pendiente un amparo en la Suprema Corte, que se resolverá la próxima semana.

En ese sentido, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público interpuso un recurso de reclamación en contra del acuerdo de 25 de abril de 2025 dictado en el amparo directo en revisión 2526/2025, a través del cual los ministros de la extinta Segunda Sala resolvieron a favor de Totalplay, ordenando al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anular la sentencia que validaba el crédito fiscal de 645 millones 763 mil 797 pesos.

“En este caso los ministros improvisaron una sentencia de manera verbal eh sin necesidad de de asentar en ningún lado un nuevo razonamiento”, acusó la Ministra Batres. “Esto lo denunciamos en su momento, más adelante hubo nuevamente argucias”.

Alejandro Páez Varela y Álvaro Delgado Gómez

Alejandro Páez Varela y Álvaro Delgado Gómez

Lo dice el reportero