México, 18 Ago (Notimex).- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válido el formato del permiso para circular vehículos sin placas que decretó el gobierno del estado de Guerrero, al considerar que tiene facultad legal para ello.
Con nueve votos a favor, los ministros de la Corte resolvieron que es infundada la controversia constitucional 32/2014 que promovió el municipio de Ixcateopan de Cuauhtémoc, Guerrero, contra este acto de la autoridad estatal, y decidió sobreseer el asunto.
Así, al establecer que el gobierno estatal tiene facultades para ello, la SCJN reconoció la validez de las disposiciones de carácter general para la aplicación del formato único del permiso para circular sin placas de los vehículos particulares en esa entidad.
Al defender su ponencia, la ministra Margarita Luna Ramos indicó que si bien la controversia fue contra el subsecretario estatal de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Administración, “en realidad la autoridad demandada es el Poder Ejecutivo del estado de Guerrero”.
Lo anterior debido a que la mencionada subsecretaría “es un órgano subordinado al propio Poder Ejecutivo”, insistió la ministra de la Suprema Corte de Justicia.
Detalló que el acto que se reclama es el oficio 25/2014, mediante el cual el subsecretario hace del conocimiento del municipio inconforme, cuál será el formato único de permiso provisional para circular sin placas de los vehículos en el estado de Guerrero.
En este caso el ayuntamiento argumentó que el oficio y las disposiciones de carácter general vulneran el Artículo 115 de la Constitución pues invaden la esfera del municipio en materia de servicio público de transporte, que es facultad exclusiva del municipio y no del Ejecutivo del Estado.
Sin embargo, Luna Ramos estableció que el gobierno del estado cuenta con facultades para emitir el oficio y las disposiciones de carácter general, y que los municipios deben observar lo establecido en las leyes federales y locales sin perjuicio de su competencia constitucional.




