México 7 Abr. (Notimex).- A fin de hacer obligatoria la tabla nutrimental en los alimentos y bebidas preenvasados, e informar al consumidor de las propiedades nutricionales de los productos, el diputado del PRI, Rodrigo Reina Liceaga, planteó reformar la Ley General de Salud.
El secretario de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados explicó que el objetivo de la iniciativa es “despejar la confusión que ha prevalecido durante muchos años en los estantes de los supermercados” y “ayudar a los consumidores a seleccionar los alimentos adecuados para así crear dietas saludables”.
Así como a “extender a las compañías elaboradoras de productos alimenticios, un incentivo para el mejoramiento de las cualidades nutritivas”, abundó el legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Mencionó que a la fecha no se ha logrado aportar la totalidad de información veraz y clara para el público consumidor y en ocasiones no se advierte del potencial de riesgo para la salud que implica el consumo en exceso de éstos productos.
Por ello, subrayó el priista, la etiqueta de los alimentos debe ofrecer información clara, completa, útil y precisa acerca de las cualidades nutritivas de los alimentos, y así lograr que adquieran una función social importante al contribuir en la educación alimentaria y nutricional de la población.
Reina Liceaga precisó que la iniciativa prevé que la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 tenga carácter de obligatoriedad en torno al etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados.
De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, la etiqueta de los alimentos debe presentar una tabla de nutrición, para lo cual se han establecido condiciones en la tipografía, tamaño, espacios entre las letras y el contraste, para asegurar una etiqueta distintiva, clara y fácil de leer.
El legislador por el Estado de México indicó que con su propuesta la información nutrimental obligatoria deberá indicar el contenido energético, la cantidad de proteínas y de hidratos de carbono o carbohidratos disponibles, indicando la correspondiente en azúcares.
Así como la cantidad de grasas o lípidos, especificando la que corresponda a grasa saturada; la cantidad de fibra dietética; de sodio; de cualquier otro nutrimento que se considere importante, regulado por los ordenamientos jurídicos aplicables.



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