SCJN avala delito de fraude procesal en Código Penal

20/06/2012 - 6:33 pm

México, 20 Jun. (Notimex).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el delito de fraude procesal, contenido en el Artículo 310 del Código Penal para el Distrito Federal, es constitucional y no viola el principio de exacta aplicación de la ley penal.

En sesión pública, el órgano del Tribunal Superior del país indicó que dicho ordenamiento local señala que comete el referido delito la persona que “para obtener un beneficio indebido para sí o para otro simule un acto jurídico, un acto o estricto judicial o altere elementos de prueba y los presente en juicio”.

Asimismo, comete fraude procesal quien realice cualquier otro acto tendiente a inducir a error a la autoridad judicial o administrativa con el fin de obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley.

En este caso, la Primera Sala de la SCJN determinó que la expresión “cualquier otro acto tendiente a inducir a error” de ninguna manera es ambigua.

Lo anterior al resolver con el proyecto del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, el amparo directo en revisión 1324/2012 donde se negó la protección de la justicia federal al quejoso.

Los ministros de la Primera Sala argumentaron que los vocablos tendente, inducir y error, permiten establecer que lo que se tipifica es que se busque ocasionar algún concepto equívoco o juicio falso a la autoridad judicial o administrativa, con el fin de obtener una sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley.

Por ello, en la parte normativa, “cualquier otro acto”, aun cuando en sí mismo no enuncia un supuesto concreto, lo cierto es que tampoco utiliza una frase abierta y cuenta con referentes en la propia norma que permiten darle contenido concreto en la tipificación del delito.

En este caso, indicó la Primera Sala, su expresión se refiere a un acto que, siendo distinto de alterar y simular, tienda a inducir a un error a la autoridad judicial o administrativa para generar como consecuencia la obtención de una sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley.

Redacción/SinEmbargo

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