El Tribunal de Disciplina Judicial es un órgano del Poder Judicial de la Federación encargado de la disciplina de sus servidores públicos. Su función principal es garantizar la ética, profesionalismo y respeto a la Ley en la judicatura, sustituyendo al anterior Consejo de la Judicatura Federal.
Ciudad de México, 30 de septiembre (SinEmbargo).- Los comicios del primero de junio del 2025, para elegir a nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, despertaron mucha expectación y esperanza entre la gente y sobre todo quedó latente la idea de que nuevos órganos, como el Tribunal de Disciplina Judicial, tendrían que contribuir en forma decisiva a sanear a un Poder determinado por el nepotismo, la corrupción, las influencias y los privilegios.
Tres casos surgieron ya en las últimas semanas, que obligarían la intervención del Tribunal de Disciplina Judicial, para analizar la conducta de dos Jueces de Distrito y un Magistrado de Circuito, electos en los pasados comicios judiciales, involucrados en hechos y decisiones controvertidas.
“El Tribunal de Disciplina Judicial (…) podrá ordenar oficiosamente o por denuncia, el inicio de investigaciones, atraer procedimientos relacionados con faltas graves o hechos que las leyes señalen como delitos, ordenar medidas cautelares y de apremio y sancionar a las personas servidoras públicas que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, a la administración de justicia o a los principios de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia”, advierte el Artículo 100 de la Constitución General de la República.
Esto significa que, ante presumibles irregularidades, corruptelas o delitos, no se requiere que alguien denuncie para que el Tribunal de Disciplina Judicial intervenga en casos controvertidos. Esto podría aplicarse en los casos de dos Jueces de Distrito y un Magistrado de Circuito, para que ese órgano colegiado estableciera un precedente de que no permitirá, por ningún motivo, que se cometan abusos, corruptelas, excesos e ineficiencias que vayan en perjuicio de los superiores propósitos de la justicia.
El Párrafo Noveno, del Artículo 97 constitucional es muy ilustrativo sobre las facultades y responsabilidades del Tribunal de Disciplina Judicial: “Cualquier persona o autoridad podrá denunciar ante el Tribunal de Disciplina Judicial hechos que pudieran ser objeto de responsabilidad administrativa o penal cometidos por alguna persona servidora pública del Poder Judicial de la Federación, incluyendo ministros, magistrados y jueces, a efecto de que investigue y, en su caso, sancione la conducta denunciada”.
LA LUZ DEL MUNDO
Empecemos por el primer caso. Una Jueza Federal ordenó liberar a los 38 integrantes de la guardia de Jahzer, un grupo paramilitar de la iglesia la Luz del Mundo, que tiene su sede en Guadalajara, Jalisco, quienes fueron capturados el pasado miércoles 24 de septiembre del 2025, cuando realizaban ejercicios de adiestramiento clandestino en la población de Vista Hermosa, Michoacán.
Yaksi Kinari Alquicira Vázquez, Jueza de control del Centro de Justicia Penal Federal de Morelia, ordenó la noche del viernes 26 de septiembre del 2025 la liberación inmediata de los individuos, luego de que declarara su detención como ilegal, pues manifestó que la Policía de Michoacán se demoró 11 horas para ponerlos a disposición de la Fiscalía General de la República (FGR).
El gobierno federal informó que después de una audiencia de más de 12 horas que se realizó el viernes 26 de septiembre del 2025 en el centro de Justicia Penal Federal con sede en Morelia, Michoacán, la Juez de Control que tomó conocimiento del caso, Alquicira Vázquez, consideró que la aprehensión realizada por agentes de la Policía Estatal fue ilegal, y decretó la libertad sin reservas de 37 mexicanos y un estadounidense.
La Fiscalía General de la República (FGR), analiza la posibilidad de impugnar la liberación de los 38 miembros de la congregación religiosa La Luz del Mundo, detenidos en campo de adiestramiento paramilitar en la población michoacana de Vista Hermosa. El Fiscal General de Michoacán, Carlos Torres Piña, declaró al periódico capitalino La Jornada, el pasado domingo 28 de septiembre del 2025, que personal a su cargo colabora con la FGR para presentar la apelación por la liberación de los detenidos.
El caso podría ser materia de análisis del Tribunal de Disciplina Judicial, que tendría que resolver si la juez actuó epagada a derecho y con base en las ponderaciones correctas. Yaksi Kinari Alquicira Vázquez fue electa Juez de Distrito especializada en materia penal apenas en los comicios del domingo primero de junio del 2025.
FACTUREROS
Otro asunto que tendría que llegar a la consideración del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial ocurrió en el estado de Zacatecas y fue reseñado hoy martes 30 de septiembre del 2025 por el periódico capitalino Reforma, en una nota firmada por el reportero Abel Barajas.
Señala el periódico que a pesar de que le le dictaron la prisión preventiva de oficio y se encontraba en calidad de prófugo, Rodolfo García Camacho, Juez Primero de Distrito en Zacatecas, quien resultó ganador en la elección judicial para repetir en su cargo, otorgó a Raúl Beyruti Sánchez, "El Rey Facturero", las facilidades para que lo procesaran sin acudir físicamente a su audiencia y sin ser encarcelado. Explica la información del periódico Reforma que desde 2021, la Fiscalía General de la República indagaba a factureras operadas por personas que han estado relacionadas con GINGroup, propiedad de Raúl Beyruti, para facturar y "dispersar" más de mil 328 millones de pesos para evitar la identificación de los destinatarios finales.
Agrega la información que en septiembre del 2021 se giró una orden de aprehensión por delincuencia organizada y lavado de dinero contra el empresario Raúl Beyruti, con base en una imputación que le atribuye haber recibido 4 millones 335 mil 705 pesos en una cuenta bancaria, provenientes de cuatro "factureras", entre 2014 y 2017. El primer delito tiene prevista la prisión preventiva oficiosa, es decir, la única forma en que podía enfrentar su proceso era tras las rejas.
Esto significa que al concederle a Raúl Beyruti Sánchez una suspensión definitiva, el juez García Camacho le prohibió a Nancy Selene Hidalgo Pérez, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, ejecutarle la prisión preventiva de oficio en el Penal del Altiplano, en caso de que lo procesara.
CONFLICTO DE INTERÉS
Este lunes 29 de septiembre del 2025 el periódico el Norte publicó una información que describe un posible conflicto de interés de un recién electo Magistrado de Circuito en el Poder Judicial de la federación, lo que pondría en entredicho la buena fama del nuevo funcionario federal
Advierte la información de El Norte que con el voto decisivo del entonces presidente del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Nuevo León, Roberto Rodríguez Garza, quien habría incurrido en un doble conflicto de interés, ese órgano colegiado de la entidad ajustó cuentas y obligó al Gobierno de Nuevo León, que encabeza el emecista Samuel Alejandro García Sepúlveda, a pagarle 438.6 millones de pesos a la Universidad CNCI, propiedad de la empresa de TV Azteca.
El Tribunal de Justicia Administrativa de Nuevo León prácticamente duplicó el monto a pagar que determinó ese mismo organismo en febrero del 2025, luego de que esa universidad reclamó servicios prestados en las gestiones de los gobernadores Rodrigo Medina, priista y Jaime Rodríguez Calderón, que arribó al poder como independiente, que presuntamente no fueron cubiertos en su momento.
La resolución se aprobó el 19 de agosto del 2025, 12 días antes de que Rodríguez Garza renunciara a su cargo de magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa, pues desde el 1 de septiembre del 2025 se desempeña como Magistrado de Circuito del Poder Judicial de la Federación en Nuevo León. El conflicto de interés se deriva de que Rodríguez Garza trabajó en el despacho de abogados del gobernador del estado y de su padre, y también en la Universidad CNCI de TV Azteca, señala la información publicada por El Norte este lunes 29 de septiembre del 2025.
Esta conducta del ahora magistrado de Circuito electo en los pasados comicios del primero de junio del 2025 pondría en duda su probidad y buena fama pública, lo que tendría que ser revisado por el Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación.
INTERVENCIÓN OBLIGADA
La intervención del Tribunal de Disciplina Judicial es obligada, si tomamos en consideración que el Artículo 100 constitucional advierte que este órgano colegiado de disciplina “evaluará el desempeño de las Magistradas y Magistrados de Circuito y las Juezas y Jueces de Distrito que resulten electas en la elección federal que corresponda durante su primer año de ejercicio”.
El mismo numeral señala que el Tribunal de Disciplina Judicial conducirá sus investigaciones a través de una unidad responsable de integrar y presentar al Pleno o a sus comisiones los informes de probable responsabilidad, para lo cual podrá ordenar la recolección de indicios y medios de prueba, requerir información y documentación, realizar inspecciones, llamar a comparecer y apercibir a personas que aporten elementos de prueba, solicitar medidas cautelares y de apremio para el desarrollo de sus investigaciones, entre otras que determinen las leyes. Inclusive, el Tribunal de Disciplina Judicial está facultado para dar vista al Ministerio Público competente ante la posible comisión de delitos y, sin perjuicio de sus atribuciones sancionadoras, solicitar el juicio político de las persona.
Las sanciones que emita el Tribunal de Disciplina Judicial podrán incluir la amonestación, suspensión, sanción económica, destitución e inhabilitación de las personas servidoras públicas, con excepción de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y Magistrados electorales, que sólo podrán ser removidos mediante Juicio Político promovido ante la Cámara de Diputados y resuelto, como Jurado de Sentencia, por el Senado de la República.







