Funcionarios utilizan informes de actividades como pretexto para promocionar su imagen, advierten especialistas

10/02/2014 - 12:05 am
Víctor Hugo Romo. Foto: Francisco Cañedo / sinembargo
Víctor Hugo Romo. Foto: Francisco Cañedo, SinEmbargo

Ciudad de México, 10 de febrero (SinEmbargo).- Los informes de actividades de diputados, presidentes municipales y gobernadores se ha convertido en la oportunidad de promover la imagen personal de dichos funcionarios y no hay ley que los haga rendir cuentas sobre cuántos recursos públicos se gastan al respecto, aseguran expertos quienes destacan la necesidad de vigilar con mayor ciudado los gastos que se realizan con este fin.

Tampoco se sanciona la promoción de su imagen en medios de comunicación. Los casos más conocidos son los del gobernadores de Chiapas, Manuel Velasco Coello y el de Puebla, Rafael Moreno Valle, quienes han estado presentes en espectaculares, programas de televisión y sus informes han sido actos vistosos más propios de un espectáculo, que de un informe de actividades.

Pero también lo hacen los senadores, los asambleístas locales, los alcaldes y recientemente, en la capital del país, el Delegado de Miguel Hidalgo, el perredista Víctor Hugo Romo quieb mostró que hace uso de la práctica, tal como reportó Linaloe R. Flores en SinEmbargo.

“En el numeral 5 del artículo 228 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) aún vigente se señalan las excepciones de lo que se entiende por propaganda electoral, y se refiere a los informes anuales y de gestión de los servidores públicos, de donde destaca el elemento de territorialidad, y se acota su implementación a 12 días al año. No obstante, la falta de elementos de tipo para cuadrar la conducta a una sanción, más que un dispositivo normativo se convirtió en la rendija jurídica para violentar una obligación democrática”, apunta Jesús Navarro, autor del libro Control y Vigilancia del Origen, Monto y Uso de los Recursos Partidarios.

Navarro dice que en el DF es posible ver espectaculares en el segundo piso del Periférico de legisladores locales del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que promueven sus informes, pero lo que sobresale es su cara.

“Se ven únicamente rostros, siendo una clara promoción personal con recursos públicos en donde la forma prevalece, ya que anunciar un informe no es rendición de cuentas, yo lo catalogaría más como propaganda política, pero ahí está el detalle, no existe claridad jurídica al respecto”, reconoce.

VIEJA PRÁCTICA

La cuestionada portada de una revista en a que aparece la imagen del Gobernador de Chiapas. Foto: Archivo
La cuestionada portada de una revista en a que aparece la imagen del Gobernador de Chiapas. Foto: Archivo

La práctica de promover la imagen en distintos medios de comunicación la ejerció también el actual Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, cuando era Gobernador del Estado de México, recuerda la investigadora del Centro de Análisis e Investigación Fundar, Justine Dupuy.

Entre el 29 de agosto y el 10 de septiembre de 2010 fueron transmitidos dos mensajes televisivos del Quinto Informe de Gobierno del entonces mandatario mexiquense. El Instituto Federal Electoral (IFE) realizó un conteo que arrojó que los espots se repitieron 3 mil 528 veces en casi todos los estados del país (excepto Tlaxcala) y el Distrito Federal, lo que contravino el artículo 228 del Cofipe.

El tema llegó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), recuerda Dupuy. El máximo tribunal electoral condenó a las televisoras por difundir los mensajes fuera del ámbito geográfico de responsabilidad del Gobernador, por transgredir el segundo supuesto de la fracción quinta del artículo 228 del Cofipe para que la difusión de los informes de las y los servidores públicos no sean considerados propaganda, recuerda.

Pero Peña Nieto no ha sido el único acusado ante el IFE.

Antes de las campañas electorales del 2009, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) difundió un sinnúmero de espots para anunciar su informe anual.

En 2011, el ex Gobernador de Jalisco, el panista Emilio González Márquez, se autopromovió con recursos públicos para su cuarto informe y el de Quintana Roo, el priista Félix Gónzalez Canto, emuló a sus pares González Márquez y Peña Nieto para su Sexto Informe, recuerda Dupuy.

“Estos abusos tienen que ver con la falta de respeto de los límites geográficos y temporales establecidos en el artículo 228. Sin embargo, más allá de lo que establece la ley, gastar millones de pesos de los recursos públicos para la difusión de los informes, cuando esta publicidad se limita a promover la imagen y no los logros del servidor público, puede ser cuestionada. ¿Estas prácticas abonan al interés general? ¿Realmente son ejercicios de rendición de cuentas? ¿Informan a la ciudadanía?”, pregunta.

¿Por qué los informes se han terminado convirtiendo en propaganda?, se le pregunta.

-Hoy en día, la difusión del informe es el único momento en que no se aplica la prohibición del uso de ‘nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público’ establecido en el artículo 134 de la Constitución. Esta excepción ha transformado la publicidad de los informes en propaganda para construir imagen y carrera política -responde.

Por su parte, el analista electoral Jesús Navarro, coincide en decir que los informes terminan siendo propaganda encubierta y que detrás de este fenómeno de aprovecharlos para promover la imagen personal, hay un “frenesí” electoral por no quedarse atrás de los competidores.

“Esto quiere decir que un pretenso a candidato realiza un gasto para posicionarse y sus probables competidores se dan cuenta de ello, lo que acarrea como consecuencia que ellos no quieran quedar en desventaja, por lo que imitan la estrategia o buscan otros mecanismo de promoción, y obligan a que el aludido dé el siguiente paso, y dicho fenómeno se sale de control como lo estamos viendo. El fenómeno en esencia es muy similar a los actos anticipados de campaña sólo que diferenciados porque se suceden en etapas distintas”.

DEL DÍA DEL PRESIDENTE A…

Los gobernadores de Puebla y Chiapas. Foto: Cuartoscuro
Los gobernadores de Puebla y Chiapas. Foto: Cuartoscuro

Navarro recuerda que durante la hegemonía priista que terminó en el año 2000, el único que promovía su imagen era el Presidente de la República, las luces eran exclusivas para él y a quien intentara imitarlo era amonestado por el Mandatario. La máxima era “el que se mueve no sale en la foto”.

Pero el fenómeno sufrió modificaciones con la llegada del PAN al poder y el debilitamiento de la figura presidencial.

“En contrasentido, se comenzó a instaurar paulatinamente el día del Gobernador, del Senador, del Diputado, del Diputado local y así. Es decir, se pervirtió el sentido de la transparencia y la rendición de cuentas y lo que se hizo fue copiar el esquema presidencialista, pero en relación con estos funcionarios, ante la ausencia del férreo control del presidente totalitario, con el plus de la intención de exposición mediática en aras de posicionamiento político o electoral. El fenómeno permeó en una gran parte de los políticos de todos los partidos”, observa el experto.

Incluso se le acotó al Presidente de la república la promoción de su imagen por lo que a mediados de la administración de Felipe Calderón se promulgó la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009, la cual hace especial énfasis en transparentar la actuación del Poder Ejecutivo, recuerda.

“En contraste el Poder Legislativo carece de contrapesos jurídicos que lo obliguen, o por lo menos le señalen esquemas de transparencia y rendición de cuentas ya sea para las funciones generales del Congreso de la Unión, o para las actividades particulares de los legisladores, en donde los esquemas para la presentación de sus ‘informes de actividades’, deberían estar previstos con la lógica democrática y republicana”, añade Navarro.

Los abusos en los informes van desde la promoción de la imagen a extralimitarse en la territorialidad, observa Navarro.

“Lo importante es la exposición mediática, siendo prioritario en el pasado, en el caso del Jefe del Ejecutivo, la búsqueda de legitimidad política del régimen que encabeza, y en la actualidad para la mayoría de los modernos funcionarios sólo es la búsqueda de exposición mediática en pos de popularidad, aceptación y posicionamiento electoral”, compara el analista.

En cuanto a si el tema forma parte de la nueva Reforma Política Electoral, dice que se pretende regular el artículo 134 de la Constitución, sobre la promoción personalizada de funcionarios públicos.

“Como lo hemos observado es una parte pequeña del problema, se convertiría en un gran avance, y los legisladores pro democráticos pueden incorporar este tipo de temas en la adecuación al marco jurídico en materia comicial en ciernes”.

En tanto se carece de legislación para sancionar estas prácticas.

“No existe ninguna legislación que sustente una sanción, la rendición de cuentas comienza a nacer en México y lamentablemente ha sido desvirtuada, por lo que apenas estamos viendo lo incipiente de la rendición de cuentas y falta camino por recorrer”, concluye.

Lo que dice la ley:

El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) establece una excepción para los informes anuales de los servidores públicos en el artículo 228 numeral 5: “no serán considerados como propaganda, siempre que la difusión se limite a una vez al año en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público y no exceda de los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe”.

Este artículo limita en el tiempo y en el espacio la difusión de la publicidad de los informes. Para determinar si existen violaciones a esta disposición, los órganos competentes son el IFE y el TEPJF. Estas instancias han resuelto varios casos en este sentido, el ejemplo más conocido es el Enrique Peña Nieto cuando era gobernador del Estado de México.

QUÉ HACE FALTA PARA REGULAR

De acuerdo con Justine Dupuy, analista de Fundar, para evitar que los informes se conviertan en una oportunidad de propaganda de funcionarios se requieren ocho disposiciones que van desde establecer leyes especiales hasta tener un control externo de la asignación publicitaria.

A jucio de Dupuy, entre estas disposiciones es necesario contemplar que los estados establezcan leyes especiales, claras y precisas para regular la pauta en cada uno de sus niveles de gobierno. Dichas normas deberían definir claramente qué se entiende por pauta oficial y establecer sanciones adecuadas para su incumplimiento.

Un punto a destacar es el preservar objetivos legítimos de la publicidad oficial, los cuales deben basarse en la inclusión de información de interés público y no deben utilizarse con fines electorales o partidarios.

Ademas, es necesario establecer criterios de distribución de la pauta estatal. Los Estados deben establecer, para la contratación y distribución de la publicidad oficial, procedimientos que reduzcan la discrecionalidad y eviten sospechas de favoritismos políticos en su reparto. Los recursos publicitarios deben asignarse según criterios preestablecidos, claros, transparentes y objetivos. La publicidad oficial nunca debe ser asignada por los estados para premiar o castigar los contenidos editoriales e informativos de los medios. Esto es considerado como censura indirecta.

Por otro lado, la falta de planificación favorece el uso abusivo de la publicidad oficial y aumenta la discrecionalidad en manos de funcionarios que tienen el poder de distribuirla.

También es necesario esclarecer los mecanismos de contratación mediante un esquema en el que los estados deben asignar los recursos publicitarios a través de procedimientos abiertos, transparentes y no discriminatorios.

Otros tres puntos importantes en la materia son: Fomentar la transparencia y acceso a la información via la publicación de la información relevante sobre la pauta oficial de los estados y garantizar ante cada requerimiento por parte del público en general, el fácil acceso a la información.

Destaca el tener un control externo de la asignación publicitaria: se deben establecer mecanismos de control externo por un órgano autónomo que permita un monitoreo exhaustivo de la asignación de publicidad oficial. Los gobiernos deben rendir cuentas a la ciudadanía; los mecanismos de control externo deben de ser claros y públicos, que informen sobre la legalidad y la idoneidad de la pauta estatal, además de incluir auditorías periódicas y establecer sanciones en la norma que regule la publicidad oficial.

Un último punto es el promover el pluralismo en la publicidad oficial para que los estados establezcan políticas y destinen recursos para promover la diversidad y el pluralismo de medios de comunicación a través de mecanismos claros.

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