Fisco debe pagar intereses de pagos indebidos que hagan contribuyentes

29/08/2012 - 6:04 pm

México, 29 Ago. (Notimex).- En caso de que los contribuyentes realicen pagos al fisco federal y se determine que fue indebido tienen derecho a la devolución de las cantidades enteradas, a la respectiva actualización y al interés que generó ese dinero al encontrarse en manos del tesoro público de forma incorrecta.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 630/2012, sobre el caso de una empresa quejosa a la que se le determinó un crédito fiscal.

Por esa razón el contribuyente interpuso juicio de nulidad y al mismo tiempo, a fin de detener la generación de intereses, pagó la totalidad del crédito.

Luego de presentar diversos recursos, la autoridad fiscal resolvió devolverle el pago indebido y sus intereses, pero la autoridad hacendaria promovió recurso de revisión donde se determinó improcedente el pago de intereses, por lo que la empresa promovió un amparo que se le negó y por tanto interpuso el recurso de revisión.

De esta forma se determinó que tanto los contribuyentes que presenten una solicitud de devolución como aquellos que tienen derecho a la devolución por haber obtenido una resolución favorable a través de un medio de defensa y que pagaron el crédito determinado cuentan con el derecho al pago de los intereses respectivos.

Refirieron que el propio señalamiento del Artículo 22 del referido ordenamiento menciona que cuando el pago de lo indebido haya sido determinado por la autoridad el pago de los intereses será a partir del pago del crédito fiscal.

Por lo anterior se está ante la supuesta existencia de un actuar negligente de la autoridad, donde el particular no tiene por qué cubrir el importe del crédito fiscal determinado y que al haber efectuado su pago éste se convierte en un pago de lo indebido.

Redacción/SinEmbargo

Redacción/SinEmbargo

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