El SAT recordó que es indispensable que las empresas cuenten con la e.firma y con el servicio de banca electrónica para presentar su declaración anual 2026.
Ciudad de México, 12 de enero (SinEmbargo).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo un llamado este lunes a las empresas para que presenten su declaración anual y recordó que el periodo para cumplir con esta obligación fiscal es del 1 de enero al 31 de marzo del 2026.
En un comunicado, el organismo recordó que desde el 1 de diciembre de 2025 está disponible el simulador del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza, el cual permite a las empresas visualizar la información que presentaron durante el ejercicio fiscal 2025.
El SAT recalcó que lleva a cabo un trabajo constante para brindar todas las facilidades y herramientas necesarias para que las y los contribuyentes puedan presentar correctamente su declaración anual.
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¿Cuáles son las fechas límite para que empresas presenten su declaración?
- Las sociedades que están en proceso de liquidación deben presentar la declaración del ejercicio por liquidación antes del 19 de enero.
- Las personas morales sin fines de lucro tienen como fecha límite el 16 de febrero.
- Los regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tienen hasta el 31 de marzo para presentar su declaración.
El SAT invita a las empresas a presentar su Declaración Anual 2025, cuyo periodo de cumplimiento inició el 1 de enero y concluye el 31 de marzo de 2026.
La nueva plataforma de la Declaración Anual cuenta con información precargada que facilita el cumplimiento de… pic.twitter.com/W1NZTob2hE
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Requisitos para presentar la declaración anual al SAT
El SAT recordó que es necesario que las empresas cuenten con la e.firma vigente y con un servicio de banca electrónica para poder enviar su declaración anual 2026. Este último requisito es indispensable ya que en caso de obtener un saldo a favor el pago debe realizarse mediante transferencia a través de bancos autorizados.
Cabe mencionar que la nueva plataforma para presentar la declaración anual cuenta con la siguiente información precargada:
- Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio.
- Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO).
- CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
- Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos o subsidio para el empleo.
En caso de que las empresas requieran modificar alguno de los datos precargados en la plataforma deberán presentar declaraciones complementarias.
Cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago, mientras que si el saldo es ceros, tardará 24 horas.




