La reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor obliga a las plataformas de streaming a informar antes e cobrar la renovación de una suscripción, además de que no podrán cobrar penalización por cancelarla.
Ciudad de México, 12 de diciembre (SinEmbargo).- El Gobierno de México publicó este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor relacionadas con los cobros automáticos que hacen las plataformas de streaming.
A raíz de estas modificaciones, las aplicaciones como Netflix, HBO MAX, o Disney+, entre otras, deberán informar a sus suscriptoras y suscriptores antes de realizar un cobro para renovar su suscripción, además de que ya no podrán cobrar una penalización a quienes deseen cancelar el servicio.
Esta reforma fue presentada por la bancada de Morena en el Senado y avalada por el Congreso, mientras que las nuevas reglas entrarán en vigor a partir del sábado 13 de diciembre.
#12deDiciembre2025 Se adicionan las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de cancelación de suscripciones y membresías con cobro recurrente.
👉 https://t.co/QgqFqCQJyS— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) December 12, 2025
Plataformas deberán avisar antes de renovar suscripciones
El decreto publicado en el DOF este viernes establece que se adicionan las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, las cuales establecen nuevas reglas para el cobro automático para renovar suscripciones y la cancelación, que incluyen:
- Las plataformas deberán informar al menos con cinco días de anticipación antes de cobrar la renovación de una suscripción.
- No habrá cobro de penalización por cancelar una suscripción a una plataforma de streaming.
- Las plataformas de streaming deberán implementar un mecanismo que permita cancelar la suscripción al servicio de manera inmediata.
- Al contratar el servicio, las aplicaciones deberán informar claramente si su servicio incluye cobros automáticos recurrentes, la periodicidad, el monto y la fecha de cobro.
- Las plataformas no podrán usar estrategias publicitarias que no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos, especialmente cuando están dirigidas a población vulnerable, como menores de edad, personas adultas mayores o quienes padecen una enfermedad.
Es importante señalar que estas nuevas regulaciones se aplican para las plataformas de streaming, servicio de televisión por cable, telefonía fija, móvil e Internet.
#boletíndeprensa Profeco garantiza cumplimiento a las fracciones recién agregadas al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Se busca fortalecer la protección en entornos digitales y servicios con cargos recurrentes. A partir del 13 de diciembre, los… pic.twitter.com/8EsCzIuCkq
— Profeco (@Profeco) December 12, 2025




