En un fallo histórico para las víctimas de feminicidios en México que la SCJN reconociera a la familia de Fátima como víctima indirecta del crimen. El máximo tribunal del país ordenó reparar el daño, así como poner en marcha medidas de no repetición.
Ciudad de México, 15 de mayo (SinEmbargo).- En una decisión sin precedentes, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció a la familia de Fátima, menor de 12 años que fue asesinada en el Estado de México, como víctima indirecta de su feminicidio y ordenó reparar el daño, así como medidas de no repetición.
Esta resolución establece que no deben exigirse formalismos para reconocer la calidad de víctimas indirectas, pues debe obviarse a partir del vínculo familiar y las afectaciones derivadas del feminicidio.
En el caso específico de Fátima, se dictaminó que hubo un desplazamiento forzado que vivió la familia derivado del feminicidio, que tuvo como consecuencia la muerte del hermano menor de la víctima, Daniel Quintana, en noviembre de 2020, por lo que también se deberán tomar medidas de reparación.
A 10 años del feminicidio de Fátima, ocurrido el 5 de febrero de 2015, esta resolución constituye un paso fundamental en el acceso a la justicia, y un presente histórico en materia de reparación del daño y medidas de no repetición en casos de feminicidio, además de que representa un avance significativo en la defensa de los derechos de las víctimas y sus familias.

El proyecto, de la Ministra Margarita Ríos Farjat, constituye un hecho inédito en México, en el que se obliga a dar una reparación del daño a las víctimas indirectas del feminicidio de Fátima; una acción que el Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito negó a sus padres y que ahora la SCJN sienta como un precedente. La decisión también llama al Gobierno del Estado de México a garantizar medidas de satisfacción y de no repetición como parte de la reparación integral del daño.
Dicta medidas como la pavimentación de caminos inseguros, vigilancia policial, instalación de cámaras de seguridad, entre otras. Así como medidas de satisfacción en memoria de Fátima, entre los que se incluye una disculpa pública con la presencia de su familia.
10 años de lucha
Hace unas semanas, en entrevista con SinEmbargo, Lorena Gutiérrez, mamá de Fátima, denunció que por 10 años, los poderes judiciales del Estado de México y el federal han violado sus derechos, pues nunca han tenido acceso a una reparación del daño, tal y como lo marca la Ley.
La reparación del daño en materia de violencia contra las mujeres la establecen tanto el marco jurídico internacional como el nacional. El artículo 63 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, a la que México se adhirió desde 1981, dice que en caso de extrema gravedad y urgencia la Corte podrá tomar las medidas que considere pertinentes.
En febrero se cumplieron 10 años de que Fátima fue asesinada brutalmente en Lerma, Estado de México. Su familia debió desplazarse de manera forzada a Nuevo León.
Por su feminicidio, tres hombres fueron sentenciados. José Juan Hernández Tecruceño con pena vitalicia, y los hermanos Misael y Luis Ángel, a cinco (se le juzgó como menor de edad) y 73 años de prisión, respectivamente.




