La CIDH condena a México por el feminicidio de Lilia Alejandra García Andrade en 2001

19/12/2025 - 3:05 pm

La CIDH condenó al Estado mexicano por su falta de investigación en el feminicidio de Lilia Alejandra, ocurrido en Ciudad Juárez en 2001, donde trabajaba en una maquila, así como las afectaciones contra sus padres como contra sus hijos.

Ciudad de México, 19 de diciembre (SinEmbargo).– La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó hoy al Estado mexicano por el feminicidio de la joven Lilia Alejandra García Andrade, de 17 años, trabajadora de una maquila en Ciudad Juárez, ocurrido en 2001, "donde había un contexto de violencia de género y de impunidad generalizada".

La CIDH declaró la responsabilidad internacional del Estado mexicano por la falta de prevención de los ataques y amenazas sufridas por Norma Esther Andrade, madre de Lilia Alejandra, por su lucha como madre de una víctima de feminicidio, impidiendo así ejercer su derecho a defender derechos humanos.

Se estableció la responsabilidad por la violación a las garantías judiciales, a la protección judicial y a la igualdad por la falta de una debida investigación de los hechos sufridos por Lilia Alejandra y por su madre. También se declaró las violaciones a los derechos sufridas por Norma Andrade y José García, padres de Lilia Alejandra, así como por las afectaciones a los hijos de Lilia Alejandra, Jade Tikva y José Kaleb García Andrade, a su integridad personal, a su libre circulación, a su derecho a la protección familiar y de la niñez.

Finalmente, la Corte también estableció la responsabilidad estatal por la violación al derecho a la verdad de los familiares de Lilia Alejandra.

Lilia Alejandra García Andrade tenía 17 años en 2001. Trabajaba en una planta maquiladora. Tenía dos hijos, Jade Tikva García Andrade, de un año y ocho meses, y José Kaleb García Andrade, de cinco meses. El 14 de febrero de aquel año salió a trabajar, pero no regresó a su casa.

Su madre, Norma Andrade, se presentó a reportar su desaparición ante la policía, pero su denuncia no fue tramitada con diligencia. El 21 de febrero, se encontró el cuerpo de Lilia Alejandra en un terreno baldío. La causa de muerte fue por estrangulamiento manual con características de homicidio posterior a un ataque sexual.

La CIDH subrayó que estos hechos ocurrieron en un contexto de violencia contra las mujeres que ya había sido referido por esta Corte en el caso González y otras (Campo Algodonero) vs. México. Entre 2001 y 2010, la investigación estuvo a cargo de varias fiscalías sin avances significativos.

Un feminicidio y un Estado indolente

Norma Andrade, madre de Lilia Alejandra García, víctima de feminicidio en 2001.
Norma Andrade, madre de Lilia Alejandra García, ha luchado desde el principio para hallar a los responsables y que el Estado mexicano haga justicia. Foto: Andrea Murcia, Cuartoscuro

Al cabo de un largo proceso marcado por una falta de debida diligencia por parte de las autoridades y de dudas respecto a la integridad y la exhaustividad en el análisis de la prueba, en 2023 se inició un proceso contra M.N.R. como principal sospechoso del feminicidio de Lilia Alejandra en el Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua, actualmente en curso.

Por otra parte, la sentencia también analiza una serie de hechos que involucran a Norma Esther Andrade, madre de Lilia Alejandra, quien se hizo cargo de sus dos nietos luego del feminicidio de su hija. Su papel en la investigación de estos hechos la convirtió en una activista de derechos humanos. Mientras trabajaba intensamente en la búsqueda de justicia por el caso de su hija, fue víctima de dos atentados, los cuales a la fecha no han sido esclarecidos.

"El Estado realizó un reconocimiento parcial de responsabilidad por su falta al deber de prevención en relación con las violaciones al derecho a la vida, integridad personal, libertad personal, derechos de la niñez, igualdad ante la ley y derecho a vivir libre de violencia en perjuicio de Lilia Alejandra García Andrade". señaló la Corte.

Asimismo, por la falta de estructuras especializadas para brindar mecanismos judiciales efectivos, reconoció la violación a las garantías judiciales, a la protección judicial. En el análisis de fondo, la Corte consideró que el Estado mexicano incumplió con el deber de debida diligencia que surge frente a la desaparición de mujeres y, por ende, era responsable por la violación a los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal de Lilia Alejandra García Andrade.

La CIDH ordenó también medidas reparatorias para los familiares de Lilia Alejandra.
Un acto de protesta político-cultural para pedir justicia por el asesinato de Lilia Alejandra García Andrade. Foto: Moisés Pablo, Cuartoscuro

Consideró también que el Estado mexicano, en la búsqueda y en la investigación sobre estos hechos, no desarrolló medidas que implementaran un enfoque de género ni que tomaran en cuenta los distintos factores de vulnerabilidad que confluían en el caso de Lilia Alejandra.

Por otra parte, también consideró que el Estado mexicano no contaba con la estructura institucional y normativa para hacer frente al contexto de violencia contra la mujer que se vivía en Ciudad Juárez y que llevaron al feminicidio y violación de Lilia Alejandra, por lo que no cumplió con su deber de actuar con la debida diligencia reforzada para prevenir la violencia de género ni de adoptar medidas normativas e institucionales orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

La CIDH subrayó los avances hechos por el Estado mexicano en esta materia, pero consideró que "todavía existían falencias en la efectividad de las medidas normativas e institucionales implementadas". Finalmente, la Corte estableció que Lilia Alejandra fue víctima de tortura sexual.

A pesar de que no se tiene certeza sobre el autor de los hechos en contra de Lilia Alejandra, la Corte consideró que la ausencia de acciones diligentes de búsqueda, donde se tenía conocimiento de su desaparición en el contexto de violencia sexual contra las mujeres en Ciudad Juárez, caracterizó una actuación negligente y omisa de las autoridades que constituyó un acto de tolerancia frente a los actos de tortura de violencia sexual que finalmente sufrió

Lilia Alejandra tenía 17 años, vivía en Ciudad Juárez, trabajaba en una maquila y tenía dos hijos.
Lilia Alejandra tenía 17 años, vivía en Ciudad Juárez, trabajaba en una maquila y tenía dos hijos. Foto: Cuartoscuro

Por ello, es posible atribuir responsabilidad al Estado mexicano por su tolerancia de los actos de tortura cometidos en contra de Lilia Alejandra.

En lo que respecta a los atentados sufridos en contra de su madre, Norma Andrade, madre de Liliana Alejandra, la Corte tuvo por acreditado que se trataron de ataques en contra de una defensora de derechos humanos, por lo que reiteró su jurisprudencia reciente sobre el derecho autónomo a defender derechos humanos y la necesidad de prevenir e investigar los atentados sufridos por estas personas como forma de garantizar que puedan llevar a cabo su labor de defensa.

La CIDH también consideró las afectaciones en los familiares de Lilia Alejandra, destacando el impacto del feminicidio en tres generaciones de una familia y, en particular, en la madre de la víctima, quien tuvo que asumir el papel de cuidadora de sus nietos y de búsqueda de la verdad ante la ineficiencia estatal.

Se violaron, determinó, no solo los derechos a la niñez de los hijos de Lilia Alejandra, sino que también se afectó el derecho a la protección a la familia, y el derecho de circulación y residencia de sus familiares.

CIDH ordena reparaciones al Estado mexicano

La CIDH ordenó al Estado mexicano diversas reparaciones tales como: continuar con las investigaciones de los hechos en contra de Lilia Alejandra García Andrade y Norma Andrade y realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas públicas.

Además, el Estado mexicano deberá realizar diagnósticos normativos e institucionales en favor de una política integral en contra de la violencia de género y las desapariciones, así como mejorar la implementación y armonización del Protocolo Alba y tomar medidas en favor de la protección de los niños, niñas y adolescentes en situación de orfandad por el feminicidio de sus madres y de las madres de víctimas de feminicidio, entre otras.

Apenas esta semana, la CIDH declaró al Estado mexicano responsable internacionalmente por la violación sexual y graves lesiones cometidas por militares, que derivaron en la muerte de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena nahua de 73 años, en la sierra de Zongolica, Veracruz. La condena ocurre 18 años después de que el entonces Presidente Felipe Calderón Hinojosa asegurara que la adulta mayor había fallecido por una "gastritis".

La CIDH también estableció que el Estado incumplió su deber de brindar atención médica oportuna y adecuada. La Corte concluyó que la violación sexual y las graves lesiones, así como la falta de atención médica, causaron la muerte de la señora Ernestina Ascencio Rosario.

Redacción/SinEmbargo

Redacción/SinEmbargo

Lo dice el reportero