¿Te han cobrado comisión al pagar con tu tarjeta? La Profeco explica cómo denunciarlo

03/08/2025 - 1:37 pm

La Profeco subrayó que ningún negocio puede hacer un cobro extra por el uso de la Terminal Punto de Venta.

Ciudad de México, 3 de agosto (SinEmbargo).- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó a la población que el cobro de comisión al realizar pagos con tarjeta de débito o crédito en establecimientos comerciales está prohibido por la Ley. Aquí te contamos cómo puedes denunciar esta práctica.

"La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reitera que, en cualquier transacción comercial, el cobro de comisión por pago con tarjeta de crédito o débito es una violación a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC)", sostuvo el pasado 30 de julio.

A través de un comunicado, la Procuraduría aseguró que el proveedor está obligado a informar el precio final, de forma notoria y visible, de los bienes, productos o servicios que ofrezca a las personas consumidoras, tal y como lo menciona el Artículo 7 Bis de la LFPC.

"El proveedor deberá informar de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor. Dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito", se lee en la Ley.

¿Cuáles son las multas por el cobro de comisión?

Las multas por el incumplimiento de la Ley Federal del Consumidor están establecidas en el Artículo 127 de la LFPC, y van de los 733.04 pesos a los dos millones 345 mil 728.71 pesos.

En ese sentido, la Profeco insistió en que ningún negocio puede hacer un cobro extra por el uso de la Terminal Punto de Venta.

Incluso en los términos y condiciones de los contratos de prestación de servicio de afiliación de comercio, que celebran las instituciones bancarias y los proveedores, y que están registrados ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), determinan que una de las causales para rescindirlo es hacer el cobro o traslado de la comisión a las y los tarjetahabientes o cargar alguna otra cantidad adicional.

La propina tampoco es obligatoria

La Procuraduría Federal también afirmó que tampoco se puede obligar a las personas consumidoras a pagar o dar un monto por concepto de propina, ya que ésta es una gratificación voluntaria, generalmente económica, que se ofrece por un servicio recibido.

La Profeco reiteró que es ilegal el cobro de comisión y propinas obligatorias.
La Procuraduría apuntó que el proveedor está obligado a informar el precio final, de forma notoria y visible, de los bienes, productos o servicios que ofrezca a las personas consumidoras. Foto: Moisés Pablo Nava, Cuartoscuro

Esta práctica, agregó, viola el Artículo 10 de la misma Ley, la cual precisa que "los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios", por lo que la propina no puede ser incluida en la cuenta final.

¿Cómo puedes denunciar?

En caso de que algún establecimiento o proveedor aplique un cargo por comisión al hacer un pago con tarjeta bancaria o por concepto de propina, las o los consumidores podrán acudir a alguna de las 38 Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO) en el país, o presentar su queja mediante los siguientes canales de atención:

  • Teléfono del Consumidor: 55 5568 8722.
  • Teléfono del Consumidor al interior del país: 800 468 8722.
  • Correo electrónico: [email protected].
  • Redes sociales: en X @AtencionProfeco y @Profeco, y en Facebook Profeco Oficial.

Redacción/SinEmbargo

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