Senado y Ejecutivo activan ruta para elegir nuevo Fiscal General: esto marca la Ley

27/11/2025 - 9:29 pm

Alejandro Gertz Manero presentó al Senado de la República su renuncia a la Fiscalía General de la República (FGR) luego de una gestión de casi 7 años con grandes casos sin sentencias, investigaciones que se diluyeron y una Fiscalía que se volvió una institución “inerte”, para ahora ocupar la de Embajada de "un país amigo", sobre el cual no dio más detalles.

Ciudad de México, 27 de noviembre (SinEmbargo).- Tras la renuncia de Alejandro Gertz Manero como Fiscal General de la República, se activó un mecanismo constitucional para designar al o la nueva titular de la institución encargada de la procuración de justicia federal. De acuerdo con el artículo 102 Apartado A de la Constitución y la Ley de la Fiscalía General de la República, el proceso contempla la participación del Senado y del Ejecutivo en tiempos estrictos.

La primera etapa corresponde a la suplencia temporal, que recae automáticamente en la persona titular de la Fiscalía Especializada de Control Competencial, la cual quedó a cargo de Ernestina Godoy, quien deberá notificar al Senado para que inicie el procedimiento de renovación.

A partir de esa notificación, el Senado tiene 20 días para integrar y aprobar, con el voto de las dos terceras partes de los legisladores presentes, una lista de al menos diez aspirantes al cargo. Esa lista debe enviarse al Ejecutivo Federal. Si el Senado incumple el plazo, la facultad pasa directamente a la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, quien puede enviar una terna libre y designar provisionalmente a un Fiscal General.

Una vez que el Ejecutivo recibe la lista de aspirantes, cuenta con diez días adicionales para seleccionar de allí una terna y remitirla nuevamente al Senado.

La Cámara Alta debe entonces realizar comparecencias y, con base en ellas, proceder a la votación. Para que haya nombramiento, se requiere una mayoría calificada de dos terceras partes de los senadores presentes, y esto debe ocurrir dentro de un plazo máximo de diez días. Si el Ejecutivo no llegara a enviar la terna en tiempo, el Senado puede elegir directamente de la lista inicial; si llegara a ser el Senado quien incumple, el Ejecutivo podrá designar a la persona titular de entre las propuestas.

Los aspirantes deben cumplir requisitos estrictos como ser mexicanos por nacimiento, tener al menos 35 años, poseer un título de licenciatura en Derecho con una antigüedad mínima de 10 años, gozar de buena reputación, y no haber sido sentenciados por delito doloso. La Ley de la Fiscalía agrega que la buena reputación incluye elementos objetivos, como la trayectoria profesional, y subjetivos, como honorabilidad, independencia y reconocimiento social.

El Fiscal General que resulte designado ejercerá un mandato de nueve años, sin posibilidad de remoción salvo por causas graves y bajo un procedimiento que puede ser objetado por el Senado.

Con estos pasos y plazos estrictos, el Senado y el Ejecutivo deberán avanzar en la selección de quien encabezará la Fiscalía General en un momento clave para la justicia en México.

Redacción/SinEmbargo

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