El propósito de que los funcionarios judiciales, desde Ministros de la Suprema Corte hasta Jueces de Distrito, sean electos por el voto popular directo y secreto, responde a la necesidad de que “sean responsables de las decisiones que adopten frente a la sociedad y que sean sensibles a las problemáticas que aquejan a la ciudadanía”.
Ciudad de México, 26 de mayo (SinEmbargo).– Por primera vez, el pueblo podrá ejercer un nuevo derecho ciudadano y constitucional: la elección de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, de Magistrados Electorales, de Magistrados de Circuito y de Jueces de Distrito, para romper el círculo de una estructura de justicia elitista que siempre ha privilegiado la atención y preservación de los derechos de una minoría privilegiada, con poder político, económico y religioso.
El próximo domingo primero de junio del 2025 se votará para renovar el Poder Judicial de la Federación. En la exposición de motivos de la iniciativa de reforma constitucional que el Presidente Andrés Manuel López Obrador envió a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 5 de febrero del 2024 y que fue promulgada para entrar en vigor el lunes 16 de septiembre del 2024, se explican las razones para esta reforma constitucional de gran calado.
Dice el documento: “El gobierno de la Cuarta Transformación sostiene que una de las causas estructurales relacionadas con la impunidad y la falta de justicia que ha padecido nuestro país en las últimas décadas ha sido la ausencia de una verdadera independencia de las instituciones encargadas de impartirla, así como el distanciamiento cada vez más profundo que existe entre la sociedad mexicana con las autoridades judiciales que conocen y atienden sus conflictos en los Juzgados de Distrito, los Tribunales de Circuito y la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo que ha restado credibilidad en su actuación y pérdida de legitimidad en sus decisiones.”
Reprocha la iniciativa de López Obrador el actuar faccioso de la élite del Poder Judicial: “La paz sólo puede ser producto de la justicia, pero no puede haber justicia si los órganos responsables de garantizarla muestran incapacidad o desinterés en cumplir con sus deberes constitucionales, o peor aún, privilegian los intereses de grupos de poder creados que son contrarios al interés público”.
Se explica en la iniciativa la trascendencia de la creación de dos nuevos órganos en la estructura de la Justicia: “Se propone sustituir al actual Consejo de la Judicatura Federal por un nuevo órgano de administración judicial dotado de independencia y autonomía técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones, separado funcional y orgánicamente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; así como un Tribunal de Disciplina Judicial con facultades amplias para recibir denuncias, investigar conductas presuntamente ilegales o ilícitas, y sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial que no cumpla la Constitución y las leyes o no rijan su actuación con honestidad, legalidad, probidad, independencia, objetividad, profesionalismo, lealtad y eficiencia, observando en todo momento las formalidades esenciales del debido proceso, pero privilegiando la justicia y el interés colectivo”.
Y se plantea en la iniciativa, ahora convertida en reforma constitucional, el fondo del asunto: “Esta reforma pretende romper con la inercia de los acuerdos cupulares, dónde las y los ministros, magistrados y jueces, no eran responsables ante la ciudadanía sino ante quienes los propusieron en el cargo, orientando sus decisiones a la protección y defensa de intereses personales y de grupos e intereses fácticos. Al impulsar la democratización de la justicia y someter a los integrantes del Poder Judicial al voto popular, se garantiza que representen las diferentes visiones que conforman la sociedad mexicana, logrando así que el acceso a una justicia pronta, expedita e imparcial, sea una realidad y no un principio escrito, que sólo se utiliza para fundar y motivar los procesos judiciales, pero que no se refleja en la realidad de las personas justiciables”.
COTOS FAMILIARES
Hay evidencias muy concretas de que el mérito y la preparación no han sido, en forma natural, los argumentos para avanzar y ascender en los terrenos de la administración de justicia, pues el Poder Judicial está determinado en gran medida por el nepotismo, que impone la presencia de familiares de ministros, magistrados y jueces en la estructura laboral, de tal manera que, según estudio realizado por el Consejo de la Judicatura Federal en 2022, por lo menos el 49 por ciento del personal del Poder Judicial de la federación, es decir, 24 mil 546 trabajadores, tenían al menos un familiar laborando en los diferentes tribunales o juzgados federales.
El estudio sobre el nepotismo en el Poder Judicial de la federación, presentado en el Consejo de la Judicatura Federal el viernes 9 de diciembre de 2022, establece además que el 67 por ciento, es decir, 616 de los órganos jurisdiccionales, tribunales o juzgados, que integran el Poder Judicial de la Federación, reportó que entre su personal había servidoras y servidores públicos que tenían alguna relación familiar con otra persona que también trabajaban en áreas bajo la responsabilidad del Consejo de la Judicatura Federal.
En 2021, la cifra del nepotismo ascendía al 82.6 por ciento, es decir, 723 de los juzgados o tribunales de todo el Poder Judicial reportaron que entre su personal había servidoras y servidores públicos que tenían alguna relación familiar con otra persona que también trabajaban en áreas bajo la responsabilidad del Consejo de la Judicatura Federal.
Realizado por el Consejo de la Judicatura Federal cuando todavía era presidido por el ministro Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, el estudio sobre nepotismo enh el Poder Judicial advertía también que el 23.75 por ciento del personal tenía más de 4 familiares trabajando en la administración de justicia. Se concluyó que en 2022 los magistrados tenían, cada uno de ellos, en promedio 4 familiares trabajando en el Poder Judicial.
Se identificaron los casos de 16 magistrados que contaban con más 13 familiares en la estructura del Poder Judicial y el tope en un caso fue de 23 parientes. Con información referida al año 2018, se documentó que entonces 2 magistrados contaban con más de 13 familiares trabajando en el Poder Judicial.
De acuerdo con el estudio realizado por el Consejo de la Judicatura Federal, los 5 casos más relevantes de prácticas de nepotismo en el Poder Judicial de la Federación era, en 2022:
El Décimo Sexto Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa de la Ciudad de México era el órgano jurisdiccional que reportaba el mayor número de grupos y relaciones familiares: se trataba de 9 grupos de familias que involucraban a 19 personas en una plantilla de 72 plazas ocupadas.
El Tribunal Colegiado de Circuito de Colima se identificaba en 2022 por el alto número de grupos familiares que tenía entre su personal: 9 familias que involucraban a 17 personas. Aunque en 2021 eran 11 familias que relacionaban a 21 personas. El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa en Puebla reportaba en su interior 8 grupos de familia que involucraban a 16 personas en una plantilla de 54 plazas ocupadas.
El Juzgado Primero de Distrito en Tamaulipas reportó en su estructura 8 grupos de familias que involucraban a 17 personas en una plantilla de 50 plazas ocupadas.
El Juzgado Sexto de Distrito de Amparo Penal en Puente Grande, en Jalisco, tenía 6 grupos de familia en su estructura, que involucraban a 19 personas en una plantilla de 39 plazas ocupadas.
En las áreas administrativas del Poder Judicial de la Federación sobresale la Coordinación de Seguridad, pues, con una plantilla que asciende a 715 plazas ocupadas, existen 38 grupos familiares que involucran a 80 personas; la mayoría incluyen a 2 personas por núcleo familiar.
Como puede observarse, hay razones suficientes para llevar a cabo esta profunda reforma al Poder Judicial de la Federación, con el propósito de romper círculos perversos de corrupción e intereses que tradicionalmente han contribuido a proteger y preservar los privilegios de una minoría y a profundizar el sufrimiento y el abandono de la mayoría del pueblo, que sólo en casos excepcionales ha tenido acceso a la justicia.













