La SCJN cambia reglas: Visitar comunidades y agilizar el debate marcarán su nueva era

04/09/2025 - 6:04 pm

La nueva SCJN dio a conocer su nuevo reglamento, donde destaca que habrá sesiones "itinerantes", un debate más ágil y prioridad para temas indígenas y sociales.

Ciudad de México, 4 de septiembre (SinEmbargo).– La nueva Suprema Corte de Justicia (SCJN), elegida por el voto popular, ya tiene nuevo reglamento para una nueva era: cumplirá con la promesa de realizar sesiones itinerantes en comunidades a lo largo del país, agilizará el debate de los ministros y ministras y priorizará temas de importancia social y de pueblos indígenas y afromexicanos.

Las reglas han sido publicadas este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF). El argumento del Ministro presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, quien firma el nuevo reglamento, es que el pleno antes "ocupaba el mayor tiempo en las sesiones, [pero] también es el que menos productividad tenía".

"Es un hecho notorio que las discusiones en Pleno eran extremadamente largas y, en muchas ocasiones, se ocupaban de cuestiones procesales en lugar de centrarse en la resolución del fondo. Con motivo de la reforma constitucional en materia del Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe funcionar en pleno y sus sesiones serán públicas; con ello, se suprime el funcionamiento en Salas", explicó.

Las y los ministros de la nueva SCJN han cumplido una de las principales promesas de la reforma al Poder Judicial: ya bajaron sus salarios.
La SCJN podrá llevar a cabo sesiones itinerantes en el país. Foto: Galo Cañas, Cuartoscuro

Por ello, con la desaparición de las salas, "existe la necesidad de establecer reglas con el objeto de que las sesiones sean ágiles y sencillas, pero a su vez efectivas y transparentes frente al pueblo de México". Es por ello que debe priorizarse el debate, optimizando los tiempos de intervención en las sesiones.

Además, la Suprema Corte, indica, es sensible al clamor de justicia y se prevé generar espacios que permitan que personas o grupos en situación de vulnerabilidad, Pueblos y Comunidades Indígenas, Afromexicanas y otros sectores, tengan acceso efectivo a la resolución de los asuntos. Es por ello que "se prevé la existencia de audiencias públicas que se podrán celebrar en un lugar distinto a las sedes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación".

Las sesiones serán sobre todo públicas, pero no desaparece la figura de la sesión privada, que se utilizará "de manera excepcional, cuando la presidencia de la SCJN así lo determine". Además, las sesiones extraordinarias "se realizarán en cualquier fecha y horario, aún en los periodos de receso, cuando el asunto lo amerite y a solicitud de cualquiera de los integrantes del pleno".

Por lo tanto, se prevé que haya sesiones públicas de lunes a jueves y se celebrarán en la sede de la SCJN, pero de manera excepcional, el pleno podrá sesionar en sedes distintas a la principal "cuando así lo determine en razón del interés y trascendencia del asunto en cuestión".

Una SCJN itinerante, hasta en comunidades indígenas

La Corte tendrá sesiones extraordinarias "en territorio". Las ministras y ministros, por decisión propia o a petición de la ciudadanía, podrán solicitar la celebración de una sesión extraordinaria en territorio exponiendo las razones que la motiven.

La solicitud debe presentarse antes del cierre de instrucción para el caso de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad o antes de la publicación de la lista en los demás casos, salvo determinación en contrario de las Ministras y Ministros.

El Pleno resolverá lo conducente en sesión privada y por mayoría simple. En caso de aprobarse la solicitud, se deberá precisar el día, hora y lugar en que deba celebrarse la sesión, dice el reglamento. Las áreas correspondientes de la SCJN realizarán las gestiones de coordinación necesarias para lograr el buen desarrollo y seguridad de la sesión y cuando las sesiones extraordinarias en territorio se deban realizar en Pueblos y Comunidades Indígenas o Afromexicanas, será la propia Corte la que establecerá "una relación de coordinación con las autoridades comunitarias a fin de respetar sus normas, costumbres y formas de organización".

Sesiones más ágiles

El nuevo reglamento de la SCJN indica que el pleno deberá acudir a todas las sesiones en forma presencial. Pero en casos excepcionales, cuando exista causa justificada que les impida acudir físicamente, previo aviso a la presidencia, podrán hacerlo a través de los medios electrónicos.

La SCJN publicó este lunes la fotografía oficial de la nueva conformación del pleno con nueve ministras y ministros, elegidos por primera vez por voto popular.
Las reglas del debate del pleno se modifican y habrá tiempo máximo por intervención. Foto: SCJN

El Ministro presidente conducirá los debates, como lo hacía la SCJN del periodo anterior, y tomará todas las decisiones que sean necesarias para su buen desarrollo, procurando la seguridad de todos los asistentes a la sesión.

Un cambio importante: el proyecto de acta de la sesión se debe circular a más tardar el segundo día hábil posterior al de su realización y se listará para su aprobación en la siguiente sesión de la materia que corresponda. Esto reduce los tiempos para que, después de la discusión y aprobación de un tema, pueda ser revisado para su pronta publicación y engrose.

Además, las sentencias se emitirá en formato de lectura accesible o se elaborará una síntesis de la sentencia en dicho formato, cuando el asunto esté vinculado con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, personas migrantes y sujetas a protección internacional, Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, y todos aquellos casos en que el pleno considere que se trate de casos que sean muy importantes y trascendentes para el país.

La síntesis además deberá ser traducida a la lengua indígena que corresponde, si es un caso relacionado con Pueblos y Comunidades Indígenas.

Cambia el debate y se aceleran las sentencias

El nuevo reglamento de la SCJN también cambia el debate en el pleno como lo conocíamos.

Primero, se iniciará con la exposición del ponente. Para iniciar el análisis y deliberación de los asuntos, la presidencia concederá el uso de la palabra a la Ministra o Ministro ponente, a fin de que, en un máximo de 10 minutos, exponga su propuesta y el proyecto de resolución correspondiente.

"La exposición debe centrarse en los argumentos sustanciales que den solución al asunto, excluyendo, de ser posible, los aspectos relativos a la procedencia. Cuando la Ministra o Ministro ponente no se encuentre presente de manera física o remota, cualquier integrante del Pleno podrá realizar la exposición y, en su caso, hacer suyo el proyecto", detalla.

Cuando se trate de reiteración de criterios de la SCJN o "no exista complejidad en el asunto", el o la ponente podrá prescindir de la exposición de sus proyectos.

Con respecto a la intervención de los ministros, se otorgará la palabra en el orden en que la soliciten. En la primera ronda, las Ministras o Ministros podrán hacer uso de la voz hasta por siete minutos. Concluidas todas las intervenciones, la o el ponente, podrá dar respuesta conjunta a los planteamientos expuestos hasta por cinco minutos.

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Hugo Aguilar Ortiz, Ministro presidente de la SCJN. Foto: Captura de pantalla

En una segunda intervención, las Ministras y Ministros podrán hacer uso de la voz hasta por cinco minutos. En segunda ronda, la o el ponente podrá atender todos los argumentos formulados hasta por tres minutos. Para las tercera y más rondas, de manera excepcional, la presidencia "podrá abrir las rondas de debates que estime necesarias, fijando el tiempo de intervención".

Además, se prohíbe la interrupción a la Ministra o Ministro que esté en uso de la palabra. Después de agotar las rondas de intervenciones, la presidencia preguntará al pleno si se considera que el asunto ha sido suficientemente discutido, a fin de que se tome la votación correspondiente.

Cuando se trate de "casos de urgente ejecución", el Ministro presidente, por conducto de la Secretaría General de Acuerdos, requerirá al Tribunal Colegiado, Juzgado de Distrito, autoridades responsables, demandadas o vinculadas al cumplimiento, "la ejecución inmediata de la sentencia con la transcripción de los efectos y puntos resolutivos, sin que para ello sea necesario que el acta haya sido aprobada".

Clasificación de los temas a discutir en la SCJN

El reglamento también clasifica los asuntos. Existirán los "asuntos urgentes" y los "asuntos prioritarios", definidos con respecto al artículo 29 de la Constitución y a los artículos 4 de la Ley de Amparo y 9 bis de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II, del artículo 105 constitucional, respectivamente.

Y también los "asuntos de atención preferente". Estos últimos son los casos en que una persona se encuentre privada de la libertad, todos aquellos relacionados con derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, se involucre directamente el interés superior de los menores, deriven de juicios agrarios colectivos, las acciones de inconstitucionalidad en materia electoral, los conflictos competenciales, los impedimentos, los incidentes de inejecución de sentencia, las impugnaciones en materia electoral, los procedimientos de responsabilidad administrativa relacionados con medidas cautelares sobre faltas graves y respecto de la resolución de los seguidos por faltas de esa naturaleza.

Por último, están los "asuntos de término", aquellos en materia tributaria y penal a que se refieren los artículos 17, párrafo segundo y, 20, Apartado B, fracción VII, de la Constitución, cuyo plazo iniciará a computarse respecto de los ingresados antes de la entrada en vigor de este Reglamento, a partir del 1 de septiembre de 2025 en que entra en funciones la nueva integración de la SCJN.

Lunes y martes: la Constitución; miércoles y jueves, el resto de casos

El reglamento también indica que, más allá de las sesiones ordinarias de lunes a jueves, se pueden ocupar los viernes para sesiones "de manera excepcional cuando el pleno lo considere necesario".

Por lo tanto, las sesiones de los lunes y martes de cada semana, el pleno de la SCJN se ocupará de los proyectos de resolución que entren al estudio de fondo de: controversias constitucionales; acciones de inconstitucionalidad; amparos; incidentes de inejecución de sentencia; declaratorias generales de inconstitucionalidad; contradicciones de criterios entre las extintas Salas de la SCJN y cualquiera de las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); constitucionalidad de las consultas populares convocadas por el Congreso de la Unión; recursos de revisión en materia de seguridad nacional; asuntos relacionados con sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dictadas contra el Estado Mexicano, de las que se desprenda una obligación para el Poder Judicial de la Federación.

"En el listado de los asuntos referidos se dará preferencia a los que guarden relación con los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas", resalta esta sección.

Por otra parte, las sesiones de los miércoles de cada semana, la SCJN se ocupará de los asuntos relacionados con las materias penal y civil. Y los jueves de cada semana se listarán asuntos relacionados con las materias administrativa y laboral; todos ellos diversos a los indicados en el apartado de los lunes y martes.

"Si el día de la sesión no se concluye con la discusión o votación de los asuntos listados, podrá continuarse el día siguiente o en la fecha que determine la mayoría simple del Pleno", concluye el nuevo reglamento.

Manuel Gonzalez

Manuel Gonzalez

Ciudad de México | 1993. Estudió periodismo. Actualmente trabaja como Editor en la redacción de SinEmbargo MX. Antes, fue corresponsal para Infobae México, la Agencia Alemana de Prensa (dpa) y El País América. Tiene un blog (Apuntes en la ciudad), un newsletter (Apuntes subrayados) y un podcast (Al otro lado del sueño) personales.

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